La Superintendencia no acogió los argumentos del cantante Jessi Uribe porque todavía no tiene derechos sobre la marca Repítela
16 de febrero de 2022Astrid Andrea Villota González se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de registrar la marca ‘Repítela Licor and Food’ (Mixta) para distinguir servicios comprendidos entre las clases 35 y 43 de la Clasificación Internacional de Niza, que denotan publicidad, gestión de negocios comerciales y servicios de restauración (alimentación), respectivamente.
Luego de la solicitud, Yesid Eduardo Uribe, conocido como Jessi Uribe, presentó oposición al registro en ambas clases, alegando que la marca carece de distintividad porque es idéntica a la previamente solicitada por él, ‘Repítela’ (nominativa).
El cantante argumentó que la expresión “Licor and Food” no es suficiente para otorgarle la distintividad requerida al signo solicitado, por cuanto la expresión “Repítela” reproduce en su totalidad el signo que solicitó para registro. Además, dijo que los consumidores podrían confundirse y creer que el restaurante de nombre Repítela es de Jessi Uribe, por cuanto es su frase icónica.
Dentro del término concedido, Astrid Andrea Villota González dio respuesta a la oposición radicada, señalando que Jessi Uribe no tiene un derecho adquirido sobre la marca Repítela, ya que el maestro Carlos Arturo Franco Londoño presentó una oposición en contra del registro solicitado por el cantante con fundamento en la irregistrabilidad relativa y conocimiento del autor de la obra. Por eso, dijo la solicitante, si se declarara fundada la oposición de Franco, no habría base para negar la solicitud presentada por Repítela Licor and Food.
Tras recibir los argumentos, la SIC procedió a hacer el análisis del signo solicitado, encontrando que es similarmente confundible con ‘Repítela’, en cuanto poseen similitudes ortográficas y fonéticas sin que presenten elementos adicionales que le otorguen distintividad. Además, dijo que habría una conexión estrecha en el mercado.
La entidad, sin embargo, anotó que existe un derecho de autor previo al de Uribe en cabeza de un tercero, Carlos Arturo Franco, que tiene una obra registrada con el nombre Repítela desde 2015. “Ya que en ambos casos se trata del mismo vocablo ‘Repítela’, una inequívoca reproducción del título original de la obra”, la SIC dijo que procede una causal de irregistrabilidad.
Así, la Superindustria, declaró infundada la oposición interpuesta por Jessi Uribe en las clases 35 y 43 de la Clasificación Internacional de Niza, pero negó el registro de Repítela Licor and Food (Mixta), por entrar en conflicto con la registrada por Carlos Arturo Franco.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp