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Marcas

Chanel no logró frenar el registro del signo CC de Cásate en Colombia frente a la SIC

La marca internacional argumentó que el signo local intentaba obtener beneficio de la reputación construida por Chanel

18 de septiembre de 2020

Jonathan Toro


Canal de noticias de Asuntos Legales

En un nuevo pleito de marcas, la compañía Chanel Sarl (mixta) se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio para oponerse al intento de registro de la marca Cásate en Colombia de Leonardo Javier Silva, quien intentaba distinguir servicios de celebraciones de eventos recreativos y organización de recepciones, en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza.

La oposición de Chanel se fundamentó bajo la idea de que al ser ésta una marca de artículos de lujo como, relojes, joyas, accesorios y ropa, podría existir un riesgo de confusión por parte de los consumidores, si se tiene en cuenta que para la realización de eventos y recepciones, es necesario el uso de algunos artículos presentes en la línea de ventas de Chanel.

Así pues, Chanel argumentó que “existe un gran riesgo de que los usuarios de los servicios identificados con la marca mixta Cásate en Colombia piensen razonablemente que podrán conseguir joyas o vestuario que la marca comercializa bajo su nombre o que los usuarios piensen que Chanel es patrocinador de la marca de eventos.

Para la marca opositora, Cásate en Colombia reproduce de manera casi idéntica el elemento principal de la casa de lujo internacional, pues la construcción de su símbolo consistente en la presencia de un círculo que enmarca un monograma formado por la intersección de dos grafemas de prelación circular como la letra C, y que agrega elementos extra como las figuras en forma de hoja que acompañan al símbolo; lo cual podría causar dilución de la fuerza distintiva y confusiones.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaAbogado socio en Amaya Propiedad Intelectual

    “El elemento figurativo del signo solicitado reproduce exactamente las letras CC de Coco Chanel, lo que puede inducir al consumidor a pensar que el nuevo signo distingue un evento de la marca reconocida”.

La SIC aclaró que los signos figurativos de la familia opositora no se encuentran reproducidos en el conjunto solicitado. Se tratan en uno y en otro conjunto de semicírculos superpuestos, aún así los demás elementos de la solicitud diluyen el riesgo de asociación o confusión en tanto tendrán una impresión general más fuerte en la mente de los consumidores que los dos semicírculos.

Al encontrar que no existe similitud o identidad entre los símbolos enfrentados capaz de generar confusión en el mercado y los consumidores, la SIC determinó que no había motivo para negar el registro solicitado por la marca Cásate en Colombia y declaró infundada oposición de Chanel.

Jonathan toro
jtoro@larepublica.com.co
#PleitoDeMarcas

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