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Judicial

Corte Constitucional dijo que censo de 2018 vulneró los derechos de afrocolombianos

El Alto Tribunal le ordenó al Dane que, en el término de 10 meses, publique un informe que explique las causas y los errores

23 de agosto de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Corte Constitucional declaró que la reducción del número de personas afrocolombianas en el censo del 2018 dio lugar a una invisibilización estadística que vulneró sus derechos fundamentales, por lo que le dio un plazo de 10 meses al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) para que identifique las causas y los errores de tal omisión en los últimos censos.

La decisión se tomó en respuesta a una tutela de varias organizaciones sociales afrocolombianas, que argumentaron que "dicha invisibilidad se refleja en los resultados del censo de 2018, en el cual el número de personas afrocolombianas censadas disminuyó de 4,31 millones a 2,98 millones en relación con el censo de 2005. Es decir, se registró una reducción de 1,4 millones de personas, equivalentes a 30% de la población identificada como tal.

En su momento, el Dane explicó varias dificultades para censar a esta población, sin embargo, la Corte consideró que las estimaciones estadísticas que realizó la entidad para suplir las falencias fueron insuficientes para garantizar la efectiva representación de los afrocolombianos en el censo.

"Las omisiones del censo afectan el reconocimiento oficial de las diversidades en la población colombiana y obstruyen el diseño de políticas públicas idóneas que permitan superar las enormes brechas que golpean de forma desproporcionada a las poblaciones afrocolombianas”, dijo el Alto Tribunal en la sentencia de la magistrada Diana Fajardo.

Para evitar que la situación se repita, la Corte ordenó al Dane, además del estudio sobre las causas de las falencias, "evaluar y discutir con los pueblos afrocolombianos la viabilidad, riesgos y conveniencia de incluir en la próxima Encuesta de Calidad de Vida un piloto de criterio de heterorreconocimiento en las operaciones estadísticas que realiza la entidad para complementar los resultados que ofrece el criterio de autorreconocimiento que hasta la fecha se ha venido empleando por el sistema de estadística nacional". Esto, además del diseño de un Plan Integral de Preparación para el próximo censo en materia de identificación de esa población.

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