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Judicial

Las quejas ante la Superintendencia de Salud se incrementaron 13% el año pasado

Al cierre del año pasado, el balance arrojó un total de 850.931 pqrd y tan solo en el segundo semestre se contabilizaron 456.288

05 de marzo de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Una de las figuras más usadas ante las autoridades en el sector de la salud son las peticiones, quejas, reclamos y denuncias (Pqrd) que usan los ciudadanos inconformes con el servicio. La Superintendencia de Salud es la entidad encargada de recopilar y dar solución a dichos trámites que, durante 2020, registraron un aumento de 13% comparado con 2019.

Al cierre del año pasado, el balance arrojó un total de 850.931 pqrd y tan solo en el segundo semestre, para cuando se sentía aún más los efectos de la pandemia, se contabilizaron 456.288 solicitudes de este tipo.
La Superfinanciera afirmó que como entidad encargada de garantizar los derechos de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud cuenta con una plataforma para la radicación de las peticiones formuladas por los usuarios inconformes.

Y es que por regiones, Bogotá, Antioquia y Valle del Cauca son las zonas del país con más solicitudes de este tipo. La capital del país reportó un total de 180.408 pqrd para final de año y al corte de enero ya iban unas 17.983. Antioquia y Valle del Cauca tuvieron números menores¿ con 123.888 y 107.675 casos, respectivamente.

Ante el procedimiento que debe desarrollar Supersalud, Julián Torres, coordinador de contratación en Coomeva, afirmó que “una vez recibida la queja, reclamo, demanda o denuncia, requiere de manera inmediata a la EPS para que esta realice los trámites necesarios para que se brinde de manera inminente y concreta el acceso al servicio que el usuario requiera, por una parte la entidad promotora de salud EPS debe garantizar los trámites administrativos que se requieran”.

Torres aseguró que los trámites que no obtengan respuesta puede devenir en instancias judiciales más serias como una tutela o un proceso jurisdiccional.
La Supersalud también ratificó el acompañamiento a los usuarios a través de varios canales no presenciales como un formulario web, videollamada, llamada en línea y cuentas en las diferentes redes sociales para uso de los demandantes.

Ante el análisis de los datos expuestos por la entidad también se puede observar que hubo motivos específicos que obligaron a los ciudadanos a elevar este tipo de solicitudes a la entidad. Entre las más frecuentes están la falta de oportunidad en la asignación de citas (163.037); falta de entrega de medicamentos (83.838), y restricción de en la libre escogencia de la EPS (29.927).

LOS CONTRASTES

  • Francisco BernateDocente de la Universidad del Rosario

    “Los derechos que tienen las personas a nivel de la salud son un trato digno, oportuno y eficiente. Cuando estos derechos se ven vulnerados, los ciudadanos pueden acudir a la Supersalud”.

  • Julián TorresCoordinador de contratación en Coomeva

    “Un ciudadano debe tener en cuenta que para acudir a la Supersalud, su entidad promotora de salud EPS debe haberle negado el servicio de salud que requiera o no haberle dado a satisfacción los servicios”.

La Supersalud puntualizó que los casos que son expuestos por la ciudadanía deberán ser resueltos por las entidades prestadoras de salud en un plazo no mayor de cinco días, exceptuando los que impliquen riesgo para la vida o integridad del usuario, pues deberán ser solucionados en la mayor brevedad posible.

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