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Actualidad

Lo que debe saber sobre precios de los arriendos y cuotas de administración este año

El ajuste en los precios de los arriendos para 2025 está directamente relacionado con la inflación del año anterior

07 de enero de 2025

Cristian Moreno Garzón

cmoreno@larepublica.com.co

Puntos a tener en cuenta sobre el aumento de los arriendos
Gráfico LR
Canal de noticias de Asuntos Legales

Año nuevo y precios nuevos. El arranque de 2025 trae consigo varios cambios, dentro de ellos los precios con los que usted podrá arrendar su casa o apartamento, así como también se espera un aumento en las cuotas de administración.

En Colombia, el ajuste en los precios de los arriendos está directamente relacionado con la inflación del año anterior, conforme a la Ley 820 de 2003. En 2024 la subida de los arriendos fue de 9,28% debido al IPC, lo cual afectó el bolsillo de los colombianos.

Datos a tener en cuenta en los precios de los arriendos
Gráfico LR

El próximo 9 de enero se publicará el IPC, que revelará la inflación acumulada durante todo 2024. De acuerdo con una encuesta de Citi realizada a 23 entidades financieras, se proyecta que la inflación haya cerrado el año en 5,08%. No obstante, las estimaciones varían, siendo la de Grupo Bancolombia la más alta con 5,30%, y la de BTG Pactual la más baja con 4,96%.

Este porcentaje establece el incremento máximo permitido para los cánones de arrendamiento en 2025. Es importante destacar que este aumento se aplica únicamente al momento de la renovación del contrato de arrendamiento, es decir, al cumplirse 12 meses desde la firma o la última renovación del contrato. Por ejemplo, si un contrato se firmó en agosto de 2024, el incremento correspondiente se aplicará en agosto de 2025.

"La situación es distinta dependiendo de si se trata de un inmueble residencial, para uso como vivienda urbana, o un inmueble comercial. En el caso de los inmuebles residenciales, el incremento máximo es igual a la variación del IPC", dijo Jacques Simhon, socio de CMS Rodríguez Azuero.

Para ilustrar cómo se calcula este aumento, consideremos un arriendo mensual de $1 millón. Con una inflación estimada de 5,08%, el incremento será de $50.000, resultando en un nuevo canon de $1,05 millones mensuales.

"En caso de incumplirse este límite, las alcaldías locales tienen la facultad de imponer multas sucesivas para ajustar a la legalidad este tipo de contratos. La persona afectada tendría que acudir a su alcaldía local correspondiente e iniciar la queja ante dicha autoridad", explicó Simhon.

De igual forma, Esteban Garcia Jimeno, senior counsel en Holland & Knight, explicó que "para contratos de arrendamiento de inmuebles no destinados a vivienda urbana (v.gr. locales comerciales, predios rurales, etc.) los incrementos suelen estar regulados en el respectivo contrato de arrendamiento. No existen disposiciones legales especiales o límites específicos para el incremento del canon en este tipo de arrendamientos".

Si el arrendador intenta aumentar el canon de arrendamiento más allá de los límites y condiciones previamente establecidos, incurrirá en un incumplimiento del contrato. En tal caso, el arrendatario tendrá el derecho de tomar las acciones legales correspondientes para resolver dicho incumplimiento e, incluso, poner fin al contrato de manera unilateral, explicó Melissa Castro Rojas, asociada principal de la práctica de Derecho Urbanístico e Inmobiliario en Garrigues.

Aumentos en la cuota de administración

Las cuotas de administración en conjuntos residenciales y edificios son un valor mensual que debe ser pagado por los copropietarios y residentes para el mantenimiento de las áreas comunes, el pago de servicios públicos comunes, personal administrativo y de seguridad. Este último será un factor relevante, pues los precios de la vigilancia privada aumentarán.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada informó que los costos de los servicios de seguridad privada aumentarán en 2025, con ajustes distribuidos en dos periodos: del 1 de enero al 14 de julio y del 15 de julio al 31 de diciembre. Este incremento afectará a empresas, conjuntos residenciales y comercios que utilicen estos servicios, incluyendo vigilancia humana, con o sin armas, y con apoyo canino.

“Todas las empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada con armas y sin armas, que utilizan el medio humano y/o canino, deben sujetarse al régimen de tarifas en la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada“, dijo el comunicado de la Superintendencia.

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