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Judicial

Solicitan una tutela que pide revelar los estudios en derecho que cursó un excontralor

Jorge Ibáñez le pidió a sus compañeros en la Corte Constitucional que seleccionen una tutela en la que se piden datos al Politécnico Grancolombiano

07 de octubre de 2024

Laura Cuevas Sánchez


Contraloría General
Colprensa
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El vicepresidente de la Corte Constitucional, Jorge Ibáñez, solicitó al alto tribunal que seleccione una acción de tutela que exige al Politécnico Grancolombiano revelar información sobre los estudios de derecho del excontralor general Carlos Felipe Córdoba.

Este requerimiento surge a raíz de un convenio de cooperación firmado en 2019 entre la universidad y la Contraloría, destinado a profesionalizar a los servidores públicos y sus familiares.

El convenio, firmado por Leonardo Gil Quiñonez y Sandra Patricia Bohórquez, ofrecía programas académicos para los empleados de la Contraloría y sus allegados hasta el segundo grado de consanguinidad. Aunque Córdoba obtuvo su título en derecho en 2021, afirma no haber estudiado bajo este convenio.

El periodista Juan Pablo Barrientos, fundador de Casa Macondo, intentó sin éxito acceder a la información sobre el historial académico de Córdoba, incluyendo materias, créditos y desempeño. El Politécnico respondió que dicha información es considerada datos personales y requiere la autorización del excontralor para ser divulgada.

Barrientos presentó una acción de tutela, argumentando que se vulneró su derecho de petición, pero su solicitud fue declarada improcedente en dos instancias por los juzgados de Bogotá.

Jorge Ibáñez enfatizó la necesidad de que el caso sea revisado por la Corte Constitucional, afirmando que “cualquier tema referente al acceso o no, sobre datos personales o semiprivados, requiere una revisión exhaustiva de cada caso”. También subrayó que este asunto “promueve un debate de mayor interés como lo son la existencia de un sujeto de especial protección constitucional”.

El exmagistrado insistió en que es importante proferir una decisión que determine el contenido y alcance sobre el derecho de petición, el acceso a la información y la existencia o no de un deber de reserva de la información de las personas aquí inmiscuidas.

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