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JUDICIAL

Todo lo que debe saber para reclamar al Estado si lo afectó la infraestructura pública

Colombia tiene demandas en contra por más de $400 billones representados en diferentes procesos

14 de agosto de 2019

María Alejandra Ruiz Rico


Canal de noticias de Asuntos Legales

Demandar al Estado es un derecho que tienen todos los que sienten que han sido vulnerados en sus intereses. Sin embargo, se ha convertido casi que en una costumbre siendo uno de los rubros que más le cuesta a Colombia y llegando a ser, incluso, una amenaza para las cuentas fiscales.

Actualmente, Colombia tiene demandas por más de $400 billones, representados en los diferentes procesos que suman cerca de 400.000. En promedio, cada año el país recibe cerca de 100.000 nuevas demandas y solo en 2018 cerró con 125.000 nuevos procesos radicados.

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado ha ido estructurando una estrategia para responder por las demandas contra el país en distintos escenarios, desde las laborales y pensiónales hasta los complejos procesos de arbitraje internacional al amparo de la protección de las inversiones contempladas en los tratados de libre comercio, entre otros.

Si usted como ciudadano se ve afectado por una obra pública debe tener en cuenta lo siguiente, el Estado dentro del marco de la Constitución en el Artículo 90 establece el deber de indemnizar por todo daño antijurídico que se cause por la acción u omisión de uno de sus agentes o de las entidades , el Estado tiene un deber de garantías frente a los ciudadanos que con el desarrollo de las obras públicas, no se va a generar ningún daño antijurídico que sea indemnizable a los particulares, para ello, los contratistas del Estado deben suscribir una póliza que se llama póliza de responsabilidad civil extracontractual y cuando suceda un hecho de estos , el contratista a través de esa póliza puede responder durante la ejecución de la obra pública.”, dijo Óscar Giovanny Balaguera, abogado litigante y profesor universitario.

Adicionalmente, Balaguera explicó que el Estado tiene dos años para reparar al ciudadano o a la familia de la víctima, cuantificando los perjuicios del hecho y lo que le generó el daño para interponer el medio de reparación directa, ahí se deben cuantificar los perjuicios derivados de ese hecho y lo que le generó el daño, “cuando sucede esto, se mira a cuánto puede ascender la demanda en costos, lo que le queda de vida útil y el daño moral para la víctima, esta es la forma en la que se cuantifican lo perjuicios, pero el Estado tiene un deber de garantía de reparar los daños, por eso se suscriben las pólizas, si no lo hace el contratista, el Estado deberá responder”.

El experto también señaló sobre los otros daños que se pueden generar por omisiones antijurídicas de las entidades públicas, por ejemplo, cuando una alcantarilla queda sin tapa, eso hace que el Estado deba indemnizar, pues tiene un deber de responsabilidad a través de la acción de reparación directa.

Básicamente esas son las responsabilidades que la Nación debe asumir cuando se hacen unas obras públicas que generan afectación a un particular, pero es importante tener en cuenta , las pólizas de responsabilidad que suscribe el contratista para ejecutar una obra , es decir en primer lugar sería la aseguradora la que debería responder pero si no lo hace el ente directo es el Estado.

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