Las Cortes en Colombia: así funcionan y las funciones específicas que tiene cada una
La labor de estas es fundamental para la rama judicial y la administración de justicia, pero cada una tiene una función definida y clara
28 de octubre de 2024A pesar de que a diario las noticias hablan de ellas y todas las decisiones judiciales del país pasan por estas, muchas personas no tienen claro cuáles son las funciones de las diferentes Cortes y en qué se diferencian. Pero son ni más ni menos el adn y el 'corazón' de la rama judicial en Colombia.
Las más conocidas son la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, hay otras quizá menos populares o que no atañen tantos temas de actualidad y decisorios 'importantes', pero igual fundamentales para la rama judicial, como el Consejo de Estado, el Consejo Nacional de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
La primera es la Corte Constitucional. Nació con la Constitución de 1991, es una entidad independiente conformada por nueve magistrados que se encargan de proteger y hacer valer la carta política de los colombianos. Su presidente es el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.
“Entre sus funciones, sobresale garantizar la independencia y el equilibrio entre todos los poderes públicos, revisar las tutelas en última instancia con el fin de garantizar la protección de los derechos fundamentales, en casos de declaratoria de estados de excepción (guerra externa, conmoción interior o emergencia económica, social y ecológica) hacer control automático y obligatorio de los decretos expedidos durante estos eventos y revisar los actos legislativos de las reformas constitucionales para verificar que no violen los límites del poder establecidos en la Constitución”, explica Carlos Andrés García Velásquez, docente de la Especialización en Derecho Administrativo y Constitucional de Areandina, seccional Pereira, quien también se desempeña como Decano de la Facultad de Derecho de la misma institución.
Tras la Corporación, aparece la Corte Suprema de Justicia, que surgió a partir de la Constitución de 1886, donde se consolidó como el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, esto significa, aquella que interviene en todos los asuntos civiles, penales y laborales sin distinción especial. Está compuesta por 23 magistrados con un periodo individual de ocho años y es presidida por el magistrado Gerson Chaverra.
Adicional a estas dos Cortes, aparece el Consejo de Estado. Funciona desde 1819, durante la época de la Independencia, pero fue hasta la Constitución de 1886 cuando adquirió la estructura que vemos actualmente. Esta cuenta con 31 magistrados, organizados en cinco secciones que abordan diferentes áreas del derecho administrativo. Milton Chaves García es su presidente.
Las otras dos, pero no menos importante, son el Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional del Disciplina Judicial, cuyos presidentes son la magistrada Diana Alexandra Remolina Botía y el magistrado Alfonso Cajiao Cabrera.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp