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Consumidor

Código Sustantivo del Trabajo no contempla pausas activas

Pese a ello, el Ministerio de Trabajo determina la necesidad de hacerlas durante 10 minutos en la jornada laboral

10 de junio de 2020

Daniel Rojas Castañeda


Canal de noticias de Asuntos Legales

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, las personas tienen derecho a una jornada laboral de ocho horas y 48 horas semanales, de las cuales debe haber de forma obligatoria una hora de almuerzo. Sin embargo, muy pocos hacen mención a una serie de descansos que se debería dar con el fin de realizar pausas activas en momentos donde la mayoría se encuentran trabajando de forma remota.

En cuanto a ello, Carolina Porras, socia de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), explicó que la jornada laboral está dividida en dos secciones y que solo se contempla el descanso para almorzar, no para las pausas activas. Sin embargo, resaltó que es importante establecer estos espacios de actividad física que tienen la finalidad de evitar enfermedades de origen laboral. “El Ministerio del Trabajo ha recordado que, con ocasión del trabajo remoto, el empleador debe cumplir y respetar las jornadas y los horarios de trabajo, lo que implica que este debe asegurar el derecho al descanso efectivo y a la desconexión”, aseguró.

Es importante destacar que el horario de trabajo implica una hora de entrada y una hora de salida, con el tiempo intermedio de descanso, el cual no va a ser remunerado, como lo señala el artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo.

Así mismo, se debe dar un intermedio de descanso a los empleados que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores por lo que en algunos casos esos tiempos podrán llegar a ser de hasta dos horas como máximo.

La jornada puede incrementarse hasta por dos horas adicionales, lo cual debería ser tenido en cuenta como trabajo extra y, adicionalmente, cuando se trabaja todos los días a la semana, la jornada no puede exceder seis horas diarias y semanal 36.

Cuando el trabajador labora medio tiempo, lo cual implicaría trabajar cuatro horas diarias, no aplica el hecho de dividir la jornada en dos.

Es importante que en los contratos de trabajo esté establecido los bloques y el horario y que en estos tiempos de teletrabajo se promueva un acuerdo entre el empleado y el empleador para que se lleven adelante las pausas necesarias.

Desde el Ministerio de Trabajo explicaron que son sesiones de actividad física desarrolladas en el entorno laboral, con una duración continua mínima de 10 minutos que incluye adaptación física cardiovascular buscando reducir el riesgo cardiovascular y las lesiones musculares por sobreuso asociados al desempeño laboral.

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