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Laboral

Recargo dominical y tercerización, lo que deben revaluar las empresas con la laboral

El proyecto de reforma laboral contempla también un aumento en el valor del recargo dominical, el cual pasaría de 75% a 100%

30 de mayo de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Canal de noticias de Asuntos Legales

Para este año las empresas han tenido que afrontar varios retos significativos, tanto por los factores globales como por las condiciones sociopolíticas y macroeconómicas nacionales que significan importantes cambios e impactos para las pequeñas como las grandes empresas.

Varios de estos retos llegan con la reforma laboral. La directora de la firma Alvarez & Marsal, Cristina Gómez-Clark, resaltó que por la laboral los empresarios tendrán que replantearse varios factores.

En primer lugar, dijo, el recargo dominical y el horario nocturno. El proyecto contempla el inicio de la jornada nocturna a partir de las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Cabe resaltar que hay una propuesta que contempla que el recargo inicie a las 7:00 p.m. Este punto ha sido uno de los más discutidos en esta reforma y, de hecho, María Fernanda Carrascal, representante del Pacto Histórico y coordinadora ponente de reforma laboral dijo que “lo que estamos proponiendo es que se regrese a la legislación previa a la Ley 789 de 2002. Así, la jornada nocturna empezaría a las 6:00 p.m. y terminaría a las 6:00 a.m”.

El proyecto de reforma laboral contempla también un aumento en el valor del recargo dominical, el cual pasaría de 75% a 100%. Este aumento se realizaría de manera gradual, la idea es que para 2024 este incremente a 80% y llegue a 100% en 2025.

Sin embargo, Gómez-Clark aseguró que “para algunas empresas, por ejemplo, restaurantes o tiendas de ropa, que tienen mayores ventas los domingos, puede implicar replantearse si pueden continuar prestando servicios los días feriados teniendo en cuenta los costos que esto les puede generar vs los ingresos que percibe”.

En caso de que la estructura de costos no permita cubrir los pagos adicionales de domingos y feriados, esta medida afectaría no solamente a las empresas, sino a la rutina de los colombianos que utilizan el domingo como día de compras.

Este mismo efecto se puede presentar con el recargo nocturno; las empresas deberán evaluar si reducen sus horarios como consecuencia de un incremento en la hora labor nocturna.

Por tanto, deberán proyectar el aumento de costos de nómina que implicaría continuar ejecutando actividades en días de descanso obligatorio o que sean desarrolladas en el horario comprendido entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.

Un tercer factor que deben tener en cuenta lo explicó Jhonatan Gómez Carrillo, abogado laboral de Espinosa Acuña & Asociados, ”deben contemplar la posibilidad de utilizar la jornada especial de seis horas al día y 36 a la semana, con el objetivo de evitar la causación de recargos por trabajo dominical o nocturno”.

Daniel Albornoz, asociado en Cuatrecasas, dijo que la gran preocupación recae sobre las empresas del sector hotelero, entretenimiento, restaurantes y bares que, luego del duro golpe económico que causó la pandemia por covid-19, “se enfrentan nuevamente a una situación que afecta directamente sus costos de operación, teniendo como principales consecuencias recorte de personal o, incluso, el cierre total de operaciones, dejando una fuente de ingresos para el país y un aumento de desempleos en el mercado laboral”, aseguró.

El asociado agregó que las propuestas de la reforma laboral no tienen en cuenta el contexto económico del país, como tampoco las proyecciones de crecimiento que tiene Colombia para 2023 (según proyecciones del Banco de la República, para 2023 se prevé un crecimiento del PIB inferior a 1%).

“Tampoco tiene en cuenta que, en comparación con el resto de los países de Latinoamérica, Colombia actualmente tiene uno de los recargos nocturnos más altos de la región, superando el de otros países como Brasil y México”, explicó.

LOS CONTRASTES

  • Daniel Albornoz
  • Daniel Albornoz Asociado en Cuatrecasas

    “La gran preocupación recae sobre las empresas del sector hotelero, entretenimiento, restaurantes y bares que ya tuvieron que enfrentar el golpe económico del covid”.

  • Jhonatan Gómez Carrillo Laboralista de Espinosa Acuaña & Asociados

    “Deben contemplar la posibilidad de utilizar la jornada especial de seis horas al día, con el objetivo de evitar la causación de recargos por trabajo dominical o nocturno”.

La tercerización
La tercerización de servicios consiste en la contratación con un tercero especializado para la ejecución de algunas actividades en particular que, por regla general, no son del giro ordinario de la empresa contratante. Un ejemplo de ello consiste en la contratación de empresas para la prestación del servicio de vigilancia o aseo, entre otras.

“El proyecto de reforma laboral promueve la contratación laboral directa y ataca, en gran medida a las actividades de intermediación y de tercerización laboral, las cuales, vale decir, son actividades económicas plenamente legales y que se encuentran en formalidad, de cara al Sistema General de Seguridad Social”, aseguró Vicente Umaña, socio de Posse Herrera Ruiz.

Para Gómez- Clark es un problema más complejo porque puede ser una forma de hacer más eficientes los negocios bajo el principio de la teoría de la administración que establece que el empresario debe “dedicarse a lo que sabe hacer bien”.

Sin embargo, “hay procesos que no agregan valor en la producción, por ejemplo, la liquidación y pago de nómina y las empresas que se dedican a este tipo de servicios son mucho más eficientes en costos. La empresa que produce concentrados para animales, ¿por qué requiere un departamento administrativo gigante para la liquidación de nómina? Lo lógico es que se dedique a mejorar las fórmulas de su producto y que un experto en liquidación de nómina se dedique a este proceso que, si bien es necesario, no agrega valor a la formulación y venta de concentrados”, aseguró.

Para los expertos consultados en esta nota hay que tener mucho cuidado con combatir los contratos de tercerización ya que pueden estar generando una carga administrativa grande a las pequeñas y medianas empresas.

Antecedentes:
Las altas tasas tienen dos efectos principales en las empresas: frenan los proyectos de inversión, las empresas normalmente invierten proyectos de expansión, en maquinaria, en hacer procesos más eficientes, entre otros, y debido al incremento en las tasas, estos proyectos se ven aplazados o cancelados para evitar incurrir en altos costos, y restringen la liquidez de las compañías por el incremento en el costo de la deuda para aquellas empresas apalancadas.

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