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Marcas

Cyberlunes de la Ccce no detuvo en la Superindustria el registro marcario de Siber Promos

La opositora afirmó que habría confusión en el consumidor, pues ambos signos comparten los mismo servicios en la misma categoría

12 de octubre de 2021

Juan Diego Murcia

jmurcia@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó la cadena Daccach Hermanos y Almacenes SI con la intención de registrar la marca Siber Promos (mixta), para identificar productos comprendidos en la categoría 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota servicios de venta minorista por correspondencia de ropa y accesorios de prendas de vestir.

Posterior a la solicitud, la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (Ccce) presentó un escrito de oposición contra el registro, afirmando que existe una semejanza conceptual a su marca Cyberlunes, pues con la inclusión de la expresión ‘promos’ se indica que, al hacer compras a través de página web, el consumidor va a obtener determinadas promociones, misma idea de la marca ya registrada. La opositora también agregó que habría riesgo de confusión y asociación en los clientes, ya que los servicios identificados por una y otra marca son idénticos.

En contraposición, la defensa solicitante alegó que no existe similitud alguna entre las marcas, ya que los elementos adicionales gráficos de cada marca permiten diferenciarlos entre sí. “Las marcas registradas tienen nombres y factores nominativos distintos, la solicitante está acompañada de una bolsa y un signo de porcentaje, mientras que la opositora tiene un carro de compras”, aclaró en su respuesta.

Luego de un análisis comparativo y de irregistrabilidad, la dirección de la SIC afirmó que, aunque las marcas cuentan con semejanzas en su aspecto nominativo, cuentan con elementos adicionales capaces de generar diferenciación. Además, “en el plano ortográfico, los signos confrontados presentan distintas cadenas vocálicas y consonánticas que hacen que se emita una impresión en conjunto diferente”, dijo.

LOS CONTRASTES

  • Ángela AmayaSocia de Amaya Propiedad Intelectual

    "La SIC declaró infundada la oposición presentada por la CÁMARA DE COMERCIO ELECTRONICO (CCCE), a la solicitud del signo SIBER PROMOS porque si bien ambos son fonéticamente similares, analizándolos en su conjunto cada uno de ellos tiene suficientes elementos que le permiten al público destinatario distinguirlo de las marcas previamente registradas".

De la misma manera, el ente regulador estableció que las expresiones que acompañan el vocablo permiten que, en caso de coexistencia, no haya riesgo de confusión ni de asociación, pues el impacto visual ayuda a que sean diferentes en el mercado. Adicionalmente, “al ser pronunciado y transcrito produce una impresión totalmente diferente en el consumidor”, sentenció.

Por las razones anteriormente expuestas, la Superindustria declaró infundada la oposición interpuesta por Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (Ccce) y concedió el registro de Siber Promos (mixta), de Daccach Hermanos y Almacenes SI en la clase 35 internacional.

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