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Marcas

Rapeluches y mucho + no logró registrarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio

La compañía Carvajal presentó oposición para proteger su marca de cuadernos peluches, la cual tenía notoriedad en el mercado

09 de marzo de 2020

Sofía Solórzano Cárdenas

lsolorzano@larepublica.com.co

Tiendas Universal
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Algunos recordarán los cuadernos Peluches de Norma, cuyo titular es la compañía Carvajal, los cuales se destacaban en el mercado escolar por tener imágenes de peluche en los diseños de sus portadas.

En este caso, para defender esta marca, Carvajal presentó oposición ante el registro del signo Rapeluches y mucho +, el cual fue solicitado por Jairo Alonso Ramírez y Ramón Darío Ramírez, con el que se querían distinguir los servicios de compra, venta, importación, exportación y comercialización de peluches, juguetes, productos de papelería, entre otros productos de la clase 35 de Niza.

La marca opositora señaló que se reproducía por completo el signo de la que era titular, además de que pretendía distinguir productos y servicios con los que existía una relación competitiva, lo que podría inducir al error del consumidor con el origen empresarial o la relación entre signos.

“Es claro que las letras cursivas y la línea que subraya el término Rapeluches corresponde a un intento por imitar el diseño notorio propiedad de Carvajal”, dijo la oposición sobre el diseño del signo.

LOS CONTRASTES

  • Danilo RomeroAbogado de Holland & Knight

    “Tener una marca que se llame ‘Rapeluches’ para la comercialización de cuadernos evidentemente puede confundirse y mucho más en este caso que se trata de un signo notorio”.

En respuesta a los argumentos de Carvajal, los representantes de la marca Rapeluches y mucho + aseguraron que la marca Rapeluches estaba registrada desde 2002, que a pesar de que al momento de presentarse el pleito estaban caducadas ya habían coexistido sin generar ningún tipo de confusión. “Si bien comparten la expresión peluches, se pronuncian de manera distintiva”, concluyó.

La compañía también dijo que la composición gramatical de los signos era distinta pues mientras el suyo contaba con tres palabras el de Carvajal solo tenía una. “Las marcas inician y finalizan de manera diferente y así se debe tener en cuenta”, añadió a su defensa.

Rapeluches también dijo que “el opositor no puede pretender adueñarse de la palabra Peluches para la comercialización de productos de la clase 28 que actualmente mi cliente solicita y ya se encuentra registrada”.

Para tomar su decisión, la SIC realizó el examen de irregistrabilidad teniendo en cuenta los argumentos y las pruebas que cada parte suministró dentro del caso. Además, se estudió si se cumplían las causales de irregistrabilidad invocadas por Carvajal.

Se encontró que los elementos nominativos de cada signo eran preponderantes, pues serían los que los consumidores utilizarían para referirse a la marca. Por lo tanto, existía una similitud ortográfica, fonéticamente y conceptual que hacía que existiera riesgo de confusión.

Finalmente, se determinó que las expresiones ‘ra’ y ‘mucho +’ no le aportaban la suficiente distintividad al signo solicitado y que existía una conexidad competitiva entre los productos de ambas marcas. Por todo ello, la SIC negó el registro a la marca Rapeluches.

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