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El lío del gobernador Aníbal Gaviria por el contrato de la Troncal de la Paz

La Fiscalía General ordenó ayer la privación de la libertad contra el gobernador de Antioquia. Será suspendido del cargo

06 de junio de 2020

Daniel Rojas Castañeda


La República
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Fiscalía General de la Nación ordenó ayer la privación de la libertad contra el gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria, por irregularidades en la contratación. El funcionario tendrá que responder ahora por la firma de un contrato en 2005.

Los elementos probatorios obtenidos por la Fiscalía dan cuenta del pago irregular de anticipos y otras anomalías en el proceso de contratación y construcción de la Troncal de La Paz, durante el primer periodo del gobernador entre 2004 y 2007.

Vale destacar que, en septiembre del año pasado un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia inició una investigación contra 17 involucrados en presuntas irregularidades por la firma de un otrosí de adición de presupuesto al proyecto de mejoramiento de la Troncal de la Paz en 2007 en Antioquia.

Las pruebas del ente acusador determinaron que en el contrato de mejoramiento y pavimentación de la Troncal de la Paz (tramo La Cruzada - Caucasia), suscrito en 2005 por un valor superior $41.663 millones, se pactó inicialmente un anticipo de 25% y luego se amplió 29%, lo que significó casi $1.500 millones de más para el contratista. Según la Fiscalía, esta modificación desconoció requisitos legales esenciales, como los principios de planeación y transparencia.

Según ya había anunciado Asuntos Legales, el contrato inicial para la Troncal de la Paz tuvo una adición presupuestal por $12.339 millones y dos años después, el 27 de diciembre de 2007, la secretaria de Infraestructura del departamento firmó un otrosí que le añadió otros $16.334 millones al mismo contrato, para asegurar la construcción de un puente sobre el río Nechí y así conectar al municipio de Bagre con la Troncal de la Paz, en lo que habría sido un proyecto diferente y por lo tanto, probablemente necesitaba su propio proceso de licitación como lo establecía la ley de contratación de obras públicas que estaba vigente en ese momento, así como el régimen contractual.

Cuando ya el contrato se estaba ejecutando, la Contraloría de Antioquia en 2011, la Procuraduría del mismo departamento en 2012 y después la Fiscalía investigaron el último otrosí, ante la posibilidad de irregularidades. Ya que el otrosí se firmó cuatro días antes del final del mandato de Aníbal Gaviria y quien lo ejecutó fue su sucesor, Luis Alfredo Ramos, y finalmente fue liquidado de manera unilateral por un tercer gobernador: Sergio Fajardo.

En su momento durante la investigación del caso, la Fiscalía citó a rendir indagatoria a varios funcionarios de la administración de Aníbal Gaviria: Nadia Maryori Maya Lopera, entonces directora de Desarrollo y Evolución Contractual; Margarita María Ángel Bernal, secretaria de Infraestructura Física para el Desarrollo de Antioquia; Jorge Montoya, profesional de la Secretaría de Infraestructura; Mauricio Restrepo González, secretario de Infraestructura Física; Wilson Herrón Beltrán, coordinador del contrato; Juan Fernando Franco Uribe, coordinador del contrato; Jorge Ignacio Montoya Delgado, profesional de la Secretaría de Infraestructura Física y Edir Amparo Graciano Gómez, directora de Desarrollo y Evolución Contractual.

Actualmente, según dice el comunicado enviado por el ente de control, que lidera Francisco Barbosa, el gobernador “incurrió en los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y heterogéneo con peculado por apropiación en favor de terceros”.

De acuerdo con la Fiscalía, el gobernador era el representante legal del departamento, por lo tanto, era el ordenador del gasto y, aun cuando hubiese delegado la función de contratar, debía ejercer la vigilancia, coordinación y control de la delegación.

LOS CONTRASTES

  • Alejandro Arcila Castro Abogado penalista y litigante de la firma Arcila & Sotomayor

    “Es importante señalar que para que se imponga una medida de aseguramiento, inclusive en procesos regidos por la Ley 600, se deben cumplir unos requisitos establecidos en las normas procesales”.

El ente también aseguró que la investigación evidenció que se hicieron dos adiciones al contrato inicial, que tampoco habrían atendido los principios esenciales de la contratación pública: uno de cerca de $4.000 millones para adecuaciones de un sector específico de la misma troncal; la otra, mediante un otrosí, se realizó cuatro días antes de finalizar el período del gobernador.

Para Alejandro Arcila Castro, abogado penalista y litigante de la firma Arcila & Sotomayor, la orden de captura obedece a la imposición de una medida de aseguramiento decretada en su contra dentro de un proceso penal regido por la Ley 600 de 2000 en la que la Fiscalía tiene la facultad de decretar directamente la medida cautelar de privación de la libertad.

“Ello ocurre una vez se ha escuchado en indagatoria y, al resolverse su situación jurídica se procede a imponer la medida de aseguramiento y ordenar su captura. Posteriormente, el funcionario instructor deberá decidir si lo convoca a juicio mediante una resolución de acusación o si, por el contrario, decreta la preclusión de la investigación en su favor”, aseguró Castro.

La decisión también fue comunicada al presidente Iván Duque para que se cumpla con el mandato legal de la suspensión del cargo.

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