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Judicial

Exministro Fernando Londoño Hoyos no deberá responder con su patrimonio en un caso de demanda

Consejo de Estado determinó que el exfuncionario no tendrá que devolverle dinero por la reincorporación de una funcionaria

24 de agosto de 2021

Vanessa Pérez Díaz

vperez@larepublica.com.co

Colprensa
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A propósito de una demanda que, en ejercicio del medio de control de repetición, interpuso el Ministerio del Interior contra Fernando Londoño Hoyos (quien estuvo en esa cartera entre 2002 y 2004) por los gastos en los que tuvo que incurrir el organismo en el caso de una funcionaria, el Consejo de Estado determinó que el exministro no tendrá que devolverle ese dinero.

El dinero en disputa son $800 millones que tuvo que pagar el MinInterior "para restituir e indemnizar a una exfuncionaria que, teniendo derechos preferenciales, no fue incorporada a la nueva planta de personal de la entidad, tras la fusión de las carteras del Interior y la de Justicia, que se produjo en 2003".

En la demanda que interpuso el Ministerio alegaban que Londoño Hoyos debía responder con su propio patrimonio por los gastos en los que incurrió la entidad para poder cumplir la condena que le ordenó reincorporar a la exfuncionaria a su cargo y pagarle las sumas que dejó de percibir desde el momento de ser marginada del organismo demandado.

"Los hechos materia de este litigio tienen que ver con una condena de reparación directa que le impuso un juzgado administrativo de Bogotá al Ministerio el 7 de diciembre de 2009, ordenando, como ya se dijo, el reintegro y el resarcimiento de la afectada. De ahí, la decisión del Ministerio de interponer esta demanda, encaminada a recuperar los dineros que pagó en cumplimiento de la providencia judicial. El organismo alegó que el daño fue producto de una conducta dolosa en la que incurrió el exministro Londoño, quien decidió no incorporar a la exfuncionaria a la nueva planta de personal del Ministerio a su cargo, según adujo, sin tener en cuenta el derecho preferencial que le asistía. Además, subrayó que la conclusión a la que llegó el juez de reparación para declarar la nulidad de lo decidido por el entonces ministro fue que este incurrió en desviación de poder", indican en el comunicado del Consejo de Estado.

Según explicaron, para la alta corte, el exministro no incurrió en una actuación dolosa, pues el hecho de no incluir a la funcionaria en la nueva planta de la entidad obedeció a un estudio técnico de una comisión asesora, que se basaba en el análisis de manuales de funciones y de costos.

"Ello implica que no se procedió fuera de las finalidades del Estado ni con intención alguna de afectar los intereses de la funcionaria separada de sus funciones", precisaron.

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