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OPINIÓN

Impuesto mínimo global y las zonas francas

27 de julio de 2022

Juan David Barbosa

Director de Sostenibilidad del CEDEP
Canal de noticias de Asuntos Legales

Los ministros de finanzas de la UE no han logrado un acuerdo unánime sobre la directiva destinada a implementar el impuesto mínimo global, por lo que esto ocurra a partir de 2024 no es claro.

Esto es un ejemplo del estado del tema en los 130 países que aprobaron en Julio 1, 2021 el “Base Erosion and Profit Shifting Project” o (Beps, por sus siglas en inglés).

Recordemos que este proyecto tiene 2 Pilares, donde el segundo busca el establecimiento de un impuesto mínimo efectivo del 15% para los beneficios obtenidos por las grandes multinacionales, estén donde estén. El objetivo de esto es aumentar la equidad, la certidumbre y la estabilidad del sistema fiscal mundial, lo que se logra con lo que resulta más complejo de la propuesta y es la idea de complementar los impuestos nacionales, si es necesario, para garantizar que, en cada país, las filiales de estas empresas paguen una cantidad de impuestos que equivalga al menos al 15%, no de sus beneficios, sino de aquellos que superen una cantidad que esté relacionada con los indicadores de sus actividades reales en el país.

En este contexto algunos expertos han manifestado que esta iniciativa, que todavía no tiene fecha cierta, afectaría las Zonas Francas. Tal vez por lo que en su momento fue la implementación del Acuerdo sobre Subvenciones de la OMC se ha generado el mito que su implementación representa un problema para la continuidad de las zonas francas.

Para contribuir al análisis, recordemos que esta iniciativa implica cuatro pasos, uno de los cuales incluye determinar si una filial extranjera está incluida en el ámbito de aplicación del Pilar II, que exige que forme parte de un grupo multinacional con unos ingresos muy significativos, así como determinar la relación entre los impuestos cubiertos y el beneficio contable, para establecer o no si aplica un impuesto complementario. Es decir, no por estar en un régimen de zona franca está iniciativa resulta aplicable, y es que si bien no hay excepciones a la aplicación del impuesto mínimo esto no aplica necesariamente ni por estar en zona franca ni a todo el que esté en una zona franca, por ejemplo, en casos como el de Colombia donde aproximadamente el 90% de los más de 1000 usuarios son Mypime, con un porcentaje importante de empresas nacionales y donde la tarifa actual es de 20%.

Esto no significa que Beps no represente un reto, y es que es urgente que las agencias de promoción de inversiones y las autoridades revisen sus estrategias de atracción de inversiones e incluso su misma regulación para evitar eventualmente una menor inversión. Pero de ninguna forma, Beps significa no más Zonas Francas. Y de ninguna forma este mito puede hacer carrera y frenar el dinamismo que estamos viendo en la región: la apertura entre las zonas francas brasileras y uruguayas en el marco del Mercosur; las discusiones del Proyecto de Ley 299 en Perú; el relanzamiento en Curazao, la iniciativa que ojalá se vuelva a presentar de la Ley de Inversión en Ecuador, son solo ejemplos de cómo las zonas francas siguen siendo una de las herramientas más fuertes que ahora tienen los países para la nivelación fiscal internacional y la competitividad internacional, en la que además el porcentaje de compañías en zona franca que en cada país estarían bajo Beps es un estudio por determinar.

El reto es seguir innovando en nuevos incentivos y beneficios, así como encadenamientos productivos que hagan atractivos las zonas francas, por ejemplo, Zonas Francas migrando a tener certificación de Empresas B, tal como recientemente ocurrió en Uruguay. Y lo positivo, tal como Juan Carlos Hidalgo lo ha indicado en Costa Rica es que esto está generando un claro interés nacional para seguir potenciando el régimen de las zonas francas en muchos países.

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