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Administrativo y constitucional


Gómez Pinzón

La apuesta de sostenibilidad del transporte público en el PND

20 de febrero de 2023

Juan Antonio Ucrós P.

Asociado Senior de Gómez-Pinzón Abogados
Gómez Pinzón

jucros@gomezpinzon.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

El transporte público es uno de los temas regulados en el Plan Nacional de Desarrollo – PND, tanto como rubro de inversión y cofinanciación de la Nación, como frente a regulación de la sostenibilidad de los sistemas de transporte locales - STP.

¿Qué es la sostenibilidad de los STP?

La ley de metros pregonaba la autosostenibilidad de los sistemas, por lo que los costos de operación debían atenderse con ingresos del sistema y no podían ser cofinanciados por la Nación.

Esto resultó cierto para unos pocos STP y el PND 2015-2018 introdujo un cambio clave, al prever otras fuentes de financiación y crear los fondos de estabilización tarifaria-FET. La norma ha sido reiterada y persiste en la propuesta actual de PND, reconociendo la sostenibilidad de los STP que las necesidades del servicio público pueden implicar gastos que no son cubiertos por los ingresos operativos.

¿Qué cambios introduce el PND?

El PND mantiene la regulación básica del sector e introduce detalles importantes. En materia de sostenibilidad, el artículo 139 elimina la referencia a sistemas masivos y colectivos, suprime las finalidades generales de los FET y simplifica la forma de implementarlos. Parecen cambios dirigidos a simplificar los procedimientos y ampliar el ámbito de aplicación de la norma; sin embargo, preocupa la eliminación de la exigencia explícita de que los FET tendrán vocación de permanencia.

Además, (i) se incluye la sobretasa al impuesto predial como fuente de financiación, (ii) se elimina la exigencia de infraestructura nueva para aplicar el cobro por acceso a infraestructura que reduzca la congestión y (iii) se habilita el compromiso de las sobretasas a la gasolina y ACPM como fuente de recursos.

¿Hay cambios en la cofinanciación?

La estructura general de cofinanciación de CAPEX por la Nación 70/30 se mantiene, con ciertos cambios. El artículo 139 del PND enfatiza la necesidad de un respaldo y coordinación territorial, exigiendo explícitamente contar con un FET y -cuando aplique- con una autoridad regional de transporte. Se permite comprometer vigencias futuras hasta por la duración del proyecto y cofinanciar hasta el 40% de los Sistemas Estratégicos de Transporte Público.

La obligación de reembolsar a la Nación parte de sus aportes si la totalidad de las rutas previstas no se ponen en marcha es un incentivo a la puesta en operación plena de los STP.

¿Se prevé apoyo adicional por parte de la Nación?

Sí. Además de la cofinanciación prevista en la ley de metros, el artículo 144 PND permite a la Nación aportar hasta el 50% del CAPEX no cofinanciado en proyectos ya cofinanciados, incluso tratándose de inversiones ya ejecutadas. Además, el artículo 205 PND permite que, a través del Fondo para la Promoción del Ascenso Tecnológico se financie tanto la adquisición de vehículos nuevos cero emisiones, como la infraestructura de recarga.

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