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Marca

Mi Care, de Xiaomi, no pudo impedir el registro de la marca Mi ante la SuperIndustria

La compañía denunció una similitud con su marca registrada ‘Mi Care’, y argumentó que la coexistencia de los signos en el mercado podría generar confusión en el consumidor.

01 de marzo de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


Mi Care, de Xiaomi, no pudo impedir el registro de la marca Mi ante la SuperIndustria
Colprensa
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Con una presencia mundial en más de 100 países, Xiaomi se ha consolidado como una de las compañías tecnológicas de china que mayor innovación tiene en el mercado, según un listado de Fortune Global 500.

Esta multinacional se vio involucrada en un pleito de marca, luego de que la sociedad Mi Embarazo, presentó una solicitud en la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC,para el registro del signo ‘Mi’.

La compañía denunció una similitud con su marca registrada ‘Mi Care’, y argumentó que la coexistencia de los signos en el mercado podría generar confusión en el consumidor.

También alegó que debido a que el registro del signo solicitado hace parte de las clases 35 y 41, que corresponden a productos electrónicos y negocios comerciales, existe una alta conexidad competitiva que podría generar una falsa asociación sobre el origen empresarial de ambos signos.

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando Patrón Director Jurídico de Cárdenas Vega Asesores SAS

    “Ante la comparación de signos cortos, como la expresión ‘Mi’, el elemento predominante siempre es el gráfico. Por ello, la SIC determinó que los signos comparados podían coexistir en el mercado”.

Ante dicha oposición, la sociedad solicitante se defendió diciendo que a nivel gráfico, visual, fonético y gramatical las expresiones enfrentadas eran completamente distintas. Señaló que su única semejanza radicaba en las letras ‘M’ e ‘ i’ , las cuales, teniendo en cuenta que el factor nominativo constituye gran parte de la identidad de una marca, no eran lo suficientemente relevantes como para afectar la sana competencia entre ambas empresas.

Luego de escuchar las versiones de ambas sociedades, la Superindustria concluyó que las coincidencias entre las marcas presentadas no eran determinantes en el riesgo de confusión o asociación por parte del consumidor.

Por estas razones, la oficina de la Superindustria dijo que, ante la ausencia de riesgos que pudieran afectar la competencia, podía concederse el registro de la marca ‘Mi’.

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