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Marcas

Mimo’s frenó el registro de una marca solicitante ante la SIC por riesgo de confusión

La marca solicitada Gabo.mde Mundo Mágico, presentada por Visionary Group MDE S.A.S., no fue admitida en la Superintendencia

24 de enero de 2024

Lucas Martínez


Mimo’s no permitió el registro de la marca opositora.
Mimo's
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Visionary Group MDE S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Gabo.mde Mundo Mágico, que distingue productos de la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como prestación de servicios de restaurante; servicio de comidas y bebidas en restaurantes y bares; servicio de comidas y bebidas para clientes de restaurantes; servicios de bares y restaurantes; servicios de restaurantes, bares y coctelerías; bares; servicios de bar; servicios de bares y coctelerías; suministro de comidas y bebidas en restaurantes y bares, entre otros relacionados con el tema.

Luego de la solicitud, P.C.A. Productora y Comercializadora de Alimentos S.A.S. presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

P.C.A. Productora y Comercializadora de Alimentos S.A.S., dueños de la marca Mimo’s, manifestó que el registro de la marca solicitante no era aceptable en tanto que ambas compartían las palabras “Mundo Mágico” y no existían los suficientes elementos, por parte de la marca solicitante, para diferenciarlas. Por lo que consideran que ambos signos no pueden coexistir pacíficamente en el mercado.

Desde el punto de vista conceptual, visual, gramatical y fonético ambos signos pueden generar en la mente del consumidor la misma impresión, dificultando identificar el origen empresarial.

Esto tendría como consecuencia que el consumidor considere que la marca solicitada es una nueva línea de servicio de la marca ya registrada.

LOS CONTRASTES

  • Andrés CasasDirector de Casas Santofimio Abogados

    “Indica las características para tener en cuenta en la causal de negación de un registro marcario cuando se afecta la identidad o prestigio de una persona natural o jurídica”.

Los apoderados de la marca solicitante aseguraron que la marca que querían registrar se enfocaba en una ubicación geográfica en específico, en Medellín, en este caso.

Además, señalaron que su intención es que el público distinga la marca que quieren registrar por la expresión “Gabo”, mientras que la expresión “Mundo Mágico” busca ser un complemento del tema central de la marca que estaba en la petición.

Asimismo, los representantes de la marca solicitante aseguraron que esta última expresión buscaba ser protagonista del logo en el caso de la marca opositora, lo cual no ocurría con la de ellos.

Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, y luego del estudio detallado, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca Gabo.mde Mundo Mágico.

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