El signo solicitado no solo tenía una nominación distinta, sino que también pertenecía a un mercado de consumo diferente
10 de abril de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

Esta vez los reflectores no iluminaron a Victoria’s Secret, y tuvo que guardar sus alas luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, negó su oposición y concedió el registro de marca de Visso vs by AFK en el mercado.
El enfrentamiento entre ambas marcas se dio luego de que la empresa antioqueña de productos al por menor por internet, Grupo AFK, se presentó en la Superindustria para solicitar el registro de un signo que pretendía comercializar productos de limpieza, catalogados en las clases tres y cinco de la clasificación internacional de Niza, para blanquear telas, lavar ropa o desengrasar objetos.
Ante la solicitud, la empresa estadounidense de ropa, lencería y productos de belleza, se opuso y argumentó que el signo solicitado replicaba y aludía, de forma directa, su marca registrada, debido a que, a nivel gramatical, gráfico y fonético, las empresas podían ser confundidas o asociadas a un mismo origen empresarial.
La opositora también señaló que, al analizar el signo solicitado, se pudo observar que este hizo uso de las letras ‘V’ y ‘S’ como símbolos representativos de su marca en el mercado, una situación que podía generar confusión en el consumidor, pues son exactamente las mismas iniciales que utiliza Victoria’s Secret y que desde sus inicios la han caracterizado.
“Esto es relevante, toda vez que Victoria’s Secret se ha encargado de posicionar visual y gráficamente su marca en el mercado para perfumes y productos de cuidado y aseo personal con un diseño particular de las siglas VS”, explicó la empresa estadounidense.
Ante los argumentos expuestos, Grupo AFK negó la similitud de los signos confrontados y argumentó que, a nivel ortográfico y gramatical, Visso vs by AFK estaba compuesto por más letras que Victoria’s Secret.
También señaló que, la oposición de la empresa estadounidense, solo tuvo en cuenta las iniciales del signo y no el conjunto, el cual, si se analiza de forma general, posee suficientes elementos distintivos para evitar que en el mercado se generen confusiones con el consumidor o asociaciones erróneas entre las empresas.
La dirección de la SIC expuso que, si bien las iniciales de los signos eran similares, el mercado competitivo y conjunto nominal de las marcas eran completamente distintos. También señaló que, debido a que el riesgo de confusión entre las empresas era mínimo, estas podían coexistir en el mercado pacíficamente.
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