Aumentarán los honorarios por sesión de los concejales de quinta y sexta categoría
Este proyecto también establece un aumento de la cantidad de sesiones que deben realizar los concejos, para los municipios de tercera a quinta categoría
01 de marzo de 2025
La Cámara de Representantes aprobó en último debate lo que será el aumento de los honorarios por sesión para los concejales de municipios de quinta y sexta categoría, quienes pasarán a ganar lo mismo que uno de cuarta clasificación. Solo falta que el presidente Gustavo Petro la sancione para que entre en vigor.
Colombia tiene 1.101 municipios, de los cuales, 1.003 territorios pertenecen a la quinta y sexta categoría. En total, más de 11.000 concejales se verán beneficiados, los cuales representan más de 90% de los municipios.
Conforme a la Ley 617, para la vigencia 2025, 956 municipios son de categoría sexta, 47 de quinta, 23 de cuarta, 17 de tercera, 29 de segunda y 27 de primera, según información de Función Pública. El resto son de jurisdicción especial.
Con este cambio, los concejales de sexta y quinta categoría pasarán a ganar $296.314 por sesión, un monto que los iguala con los funcionarios de tercera clasificación.

Este proyecto también establece un aumento de la cantidad de sesiones que deben realizar los concejos. Aquellos que están entre la tercera y quinta categoría pasarán de 70 a 80 sesiones ordinarias al año, y de 20 a 40 en cuanto a las extraordinarias.
“Los concejales de los municipios de sexta categoría, cuando no son citados a sesiones extras, no alcanzan a recibir el equivalente a un salario mínimo por su labor desempeñada. Se debe mencionar que la cotización de la seguridad social debe ser asumida por cada concejal, haciendo que sea menor el monto real a percibir. La propuesta de este proyecto de ley es aumentar en 10 las sesiones ordinarias y en 20 las sesiones extraordinarias de los concejos de los municipios de tercera a quinta categoría y se aumente el valor de las sesiones de los concejos de municipios de quinta y sexta categoría”, decía el proyecto en la gaceta del Congreso.
Estos funcionarios no tienen un salario establecido, ya que ganan según el número de sesiones a las que asistan, es por ello que incluso es usual que se programen estas reuniones los fines de semana.
Según los datos de la Gaceta, teniendo en cuenta que los concejales de los municipios de categoría especial, primera y segunda pueden realizar hasta 150 sesiones ordinarias y hasta 40 sesiones extraordinarias al año, mientras que los concejales de los municipios de categoría tercera a sexta pueden llevar a cabo 70 sesiones ordinarias y hasta veinte 20 sesiones extraordinarias anualmente, es posible determinar los honorarios mensuales correspondientes.
De aprobarse la ley, los honorarios señalados en la anterior tabla se incrementarán cada año en un porcentaje equivalente a la variación del IPC, correspondiente al año inmediatamente anterior.
Adicionalmente, se tendrá que crear el Fondo Nacional de Compensación con el objetivo de apoyar alos municipios de quinta y sexta categoría en el pago de los honorarios y la seguridad social de sus concejales, en caso de que sus ingresos no sean suficientes para cubrir estos costos. Además de que los aportes a las cajas de compensación serán el máximo permitido por la ley para trabajadores independientes.
Antecedentes
Dentro de la ley aprobada por el Congreso se incluye que los concejales de todos los municipios del país, sin importar su categoría, tendrán derecho a estar afiliados al Sistema de Seguridad Social, lo que incluye cobertura en pensiones, salud, riesgos laborales, ARL, y cajas de compensación familiar. Estos aportes serán cubiertos con recursos del presupuesto central de la administración municipal, sin que esto signifique que los concejales adquieran un vínculo laboral con la entidad territorial.
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