La Corte Suprema dijo que el proceso del expresidente Uribe debe seguir en la Ley 906 de 2004
El alto tribunal ratificó la competencia de la Juez 30 de control de garantías para conocer la libertad del exmandatario
05 de octubre de 2020La Corte Suprema de Justicia, en una sala plena extraordinaria, resolvió que el proceso que cursa en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por por presunto soborno a testigos y fraude procesal debe llevarse bajo la Ley 906 de 2004. La votación fue de 19 votos a favor de la ponencia del magistrado Gerson Chaverra Castro, y dos salvamentos de voto: los de los magistrados Jaime Moreno y Gerardo Botero
Con esta decisión, el alto tribunal ratificó la competencia de la juez 30 con función de control de garantías de Bogotá para resolver la solicitud de libertad presentada por la defensa del exmandatario, en cabeza del penalista Jaime Granados.
Adicionalmente, a pesar de las especulaciones que había, la Corte no se pronunció sobre la etapa en la que debe seguir el proceso, ahora que pasó de Ley 600 al sistema penal acusatorio, por lo que esa determinación deberá tomarla el juez competente.
Cabe recordar que la decisión quedó en manos de la Corte porque la juez, en la audiencia solicitada por la defensa para revocar la medida de aseguramiento que pesa sobre el exmandatario, solicitó el concepto de sus superiores para determinaran su competencia procesal y definiera la ley bajo la que debía continuar el proceso.
El concepto emitido por la juez en la última audiencia, había sido que este caso debía seguir bajo la Ley 906 de 2004, como habían manifestado en la citación anterior el abogado del expresidente, la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio Público. Es decir, la funcionaria se consideraba competente para conocer la solicitud de revocatoria de la medida privativa de la libertad elevada por el apoderado de Uribe.
“Desaparecido el fuero constitucional y teniendo en cuenta que la presunta comisión de los delitos fueron cometidos posterior a 2005, cobra validez la aplicación de la ley 906 de 2004. No hay razón de tipo jurídico que permita continuar en la Ley 600 de 2000”, dijo durante la audiencia.
Sin embargo, tras identificar un conflicto entre las partes sobre la materia, elevó el conflicto de competencias a su superior jerárquico. El conflicto, vale la pena anotar, existía porque el abogado Reinaldo Villalba, apoderado del senador Iván Cepeda, solicitó durante la primera audiencia que el proceso se siga surtiendo bajo la Ley 600 de 2000.
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