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Legislación

El bullying está regulado solo en los casos que afectan a menores de edad en Colombia

Ley 1620 de 2013 promueve la convivencia libre de violencia en el entorno estudiantil

28 de agosto de 2018

Alejandro Valencia


Canal de noticias de Asuntos Legales

El bullying, matoneo o acoso estudiantil, es un fenómeno que no es nuevo, pero que está tomando relevancia por sus efectos negativos en la vida de las víctimas, sus familias y el entorno en general.

En ese sentido, este flagelo se define como un acto de intención agresiva que puede ocurrir una sola vez, o de manera repetitiva contra un estudiante o cualquier individuo. La conducta comprende la intimidación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza, incitación a la violencia. También incluye el maltrato psicológico, verbal o físico a través de medios electrónicos a un niño, niña o adolescente.

Es fundamental separar el bullying del acoso laboral, pues este, reglamentado en la Ley 1010 de 2006, se define como una conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un jefe, compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia , a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.

Para ello, el abogado Felipe Hoyos, asociado de Del Hierro Abogados explicó que si bien el acoso laboral y el bullying pueden estar relacionados en cuanto a los tipos de agresiones, estos no se pueden elevar al mismo nivel jurídico frente a un juez. Además, el acoso laboral no necesariamente es sistemático como pasa con el matoneo.

Siguiendo con el tema principal, en el estudio de Friends United Foundation, se detalló que las clases más comunes de matoneo son homofobia con 30%, racial 25%, por equipos de fútbol 20%, por discapacidad 10%, aspecto físico 10%, y otros casos con 5%. Adicionalmente, el Ministerio de Educación dijo que en 2018 cerca de 20% de estudiantes son víctimas de bullying en Colombia.

Ahora bien, el marco legal correspondiente a la problemática se detalla en la Ley 1620 del 2013. La forma en como se sanciona esta ley en adolescentes aplica con la privación de la libertad cuando el agresor al momento de cometer el hecho haya cumplido 14 años y sea menor de 18, como medida correccional. En caso de que sea menor de 14 años solo se le aplicarán medidas de educación y de protección establecidas dentro del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

Un punto pertinente que se identifica en los estudiantes, es que observan una intimidación y no hacen nada al respecto, no más en 2015 llegó a 58% la cifra, por eso Teresita González , fundadora y directora de la Fundación Seamos Paz dijo que el objetivo es “crear una cultura que cambie el comportamiento de los jóvenes, en especial, generar conciencia para que los actores pasivos (aquellos que miran y no hacen nada) se unan al proceso entre padres, docentes, víctimas, victimarios”.

LOS CONTRASTES

  • TERESITA GONZÁLEZ GARCÍADIRECTORA DE LA FUNDACIÓN SEAMOS PAZ

    “El objetivo es crear una cultura que cambie el comportamiento, en especial, generar conciencia para que los actores pasivos se unan al proceso entre padres, docentes, víctimas y victimarios del bullying”.

  • FELIPE HOYOSASOCIADO DE DEL HIERRO ABOGADOS

    “El acoso laboral y el bullying pueden estar relacionados pero no se pueden elevar al mismo nivel jurídico frente a un juez. Además, el acoso laboral no es necesariamente sistemático como el bullying”.

Antecedentes
La Ley 1620 del 2013 creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación Para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia con el objetivo de fomentar, fortalecer y articular acciones para la convivencia escolar, garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos. Además, fomentar mecanismos de prevención, protección y detección temprana de conductas que atenten contra la convivencia escolar pacífica.

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