Carlos Valderrama

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  • Carlos Jaramillo Palacio

miércoles, 29 de mayo de 2024

Varios jugadores alegaron mal uso de su imagen en una campaña publicitaria de la Copa América, pero la demanda "sin pruebas" los obliga a pagar

En una decisión de las últimas horas de la sala civil del Tribunal Superior de Bogotá, 13 reconocidos jugadores de la selección, entre ellos Faustino Asprilla y Carlos Valderrama, tendrán que pagar $252 millones por demandar a Bancolombia “ sin pruebas”.

Los futbolistas buscaban obtener una remuneración por lo que consideraban un uso indebido de su imagen por parte de Bancolombia, pero el Tribunal, tras evaluar la documentación y testimonios, falló en contra de ellos y les impuso sanciones. Por ejemplo, Valderrama pedía $600 millones, Córdoba, $450 millones, lo mismo que Faustino Asprilla y Juan Pablo Ángel.

Ellos reclamaban que "hubo mal uso de su imagen en una campaña publicitaria" adelantada por la entidad financiera con motivo de la Copa América de Brasil 2019. Por eso entablaron una demanda contra la entidad bancaria.

Y es que este lío se remonta a que durante la Copa América 2019, Bancolombia hizo una serie de figuras con las imágenes de los diferentes referentes de la selección nacional en ramas masculina y femenina, lo que generó la reacción de los mismos para pelear por los derechos de sus imágenes contra Bancolombia. La demanda estaba establecida por un valor cercano a los $5.0000 millones.

Los jugadores que demandaron fueron: el técnico Francisco Maturana y de los exjugadores Carlos Valderrama, Willington Ortiz, Arnoldo Iguarán, Óscar Córdoba, Faryd Mondragón, Faustino Asprilla, Iván René Valenciano, Víctor Aristizábal, Juan Pablo Ángel y Adolfo el 'Tren' Valencia, además de las jugadoras Nicole Regnier y Vanessa Córdoba.

Ellos buscaban obtener una remuneración por lo que consideraban un uso indebido de su imagen por parte del banco Bancolombia.

En su decisión, el Tribunal resalta que "(...) siguiendo ese hilo conductor, hasta este punto podemos
afirmar que el daño sí se configuró, porque no hay duda de la utilización indebida de la imagen de los demandantes, pues no medió la autorización de aquéllos para tal fin. No obstante, ya en el análisis de los perjuicios pretensionados, surge el siguiente interrogante ¿están aquéllos demostrados, al menos sumariamente?

"La respuesta, es que no, tal y como lo concluyó el juzgador de primera instancia, pues existe una
completa orfandad probatoria al respecto, motivo por el cual, los demandantes incumplieron con la carga impuesta por el artículo 167 del Código General del Proceso, pues no arrimaron al plenario
-en las oportunidades procesales pertinentes- elemento suasorio que respaldara los rubros instados en la modalidad de daño emergente, esto es, ni con la demanda, ni con el escrito mediante
el cual descorrieron el traslado de las excepciones, es más, en ninguno de estos dos documentos se relacionaron medios de convicción en el acápite de relación de pruebas que respalden el
concepto antes enunciado".

El Tribunal determinó que, aunque hubo un aprovechamiento de la imagen de los deportistas, no se pudo constatar ningún perjuicio en su contra. Los demandantes se habían unido en colectivo para presentar el recurso legal contra el banco.

Ya en su momento, Bancolombia se había referido a este hecho: “frente a la demanda instaurada por los jugadores y exjugadores de la Selección Colombia de Fútbol, Bancolombia informa que: para nosotros la responsabilidad e integridad son los principales valores que guían nuestra forma de hacer negocios. La campaña siempre tuvo el objetivo de exaltar la contribución que los jugadores de todas las generaciones han hecho al país y a la vez acercar los ídolos nacionales a todos los colombianos".

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