Mancuso fue condenado a 480 meses de prisión por crímenes en Norte de Santander
El fallo ordena a los exintegrantes de las AUC reparar patrimonialmente los daños morales y materiales causados a las víctimas acreditadas en el proceso
27 de noviembre de 2024Se dio a conocer que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala de Justicia y Paz,
condenó al entonces máximo cabecilla del extinto Bloque Catatumbo de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso y 45 exintegrantes más de esa organización ilegal por 1.323 hechos criminales ocurridos entre mayo de 1999 y diciembre de 2004, en Norte de Santander.
Este fallo fue emitido teniendo en cuenta "568 hechos de homicidios, entre ellos los perpetrados durante las masacres de Villa del Rosario, Arboledas, Los Patios, El Tarra y Tibú; 55 casos de desaparición forzada, la mayoría relacionados con población civil y representantes de las comunidades que fueron retenidos en zona rural y sobre los cuales se desconoce su paradero; y 700 eventos asociados con desplazamientos forzados".
La Fiscalía puntualizó que las estructuras de esta organización adoptaron patrones de macrocriminalidad constitutivos de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Entre los más ejecutados se encuentran masacres, homicidios selectivos, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados, secuestros, amenazas y accesos carnales violentos.
Asimismo, se señaló que las víctimas de estos hechos fueron personas protegidas, entre población civil y representantes de las comunidades, quienes, según el ente acusador, "fueron instrumentalizados para ejecutar actos delictivos en la región o señalados equivocadamente de colaborar con otros grupos armados al margen de la ley".
Ante los hechos, el tribunal condenó a Salvatore Mancuso a a 480 meses de prisión, mientras que los demás sentenciados recibieron entre 240 a 480 meses de prisión. El fallo contempla además que los implicados deberán pagar multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Finalmente, se informó que el fallo ordena a los exintegrantes de las AUC reparar patrimonialmente los daños morales y materiales causados a las víctimas acreditadas en el proceso.
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