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Judicial

SIC recordó que las llamadas automatizadas deben contar con autorización del titular

A la fecha, la entidad ha recibido 70,9% de reclamos, que son 427 quejas por falta de autorización para tratar los datos

22 de julio de 2020

Daniel Rojas Castañeda


Andrés Barreto, Superintendente de Industria y Comercio
Canal de noticias de Asuntos Legales

Desde la Superintendencia de Industria y Comercio hicieron un llamado a las diferentes entidades para recordarles que la solicitud de datos personales a través de llamadas automatizadas o robóticas debe contar con la autorización del titular de los datos.

De acuerdo con la entidad, a la fecha se han recibido 70,9% de reclamos correspondiente a 427 quejas ciudadanas presentadas por recibir llamadas, mensajes de texto, email de mensajes publicitarios sin que la persona haya previamente autorizado la recolección y uso de sus datos de contacto para esos fines.

“Se permite recordar que ese tipo de herramientas de inteligencia artificial, de uso de robots, de uso de llamadas automatizadas no esta prohibido en Colombia siempre y cuando se cuente con la autorización del titular para recibir dichas llamadas”, explicó el superintendente Andrés Barreto.

En ese sentido, Barreto explicó que tomaron la decisión de sacar la Resolución 38281 con el fin de dar instrucciones con respecto del uso de llamadas automatizadas y su tratamiento de datos personales, indicando los procedimientos, metodologías o tecnologías que se usan para recolectar, usar o tratar ese tipo de información.

En la resolución se va a poder encontrar desde: las responsabilidades que tienen los administradores en el tratamiento de datos personales hasta la proporcionalidad de la sanción administrativa (Ver anexo).

Así mismo la entidad recordó que muchas veces se utilizan los marcadores predictivos para contactar personas para enviar mensajes a determinadas bases de datos o para promocionar un producto, servicio o idea del titular de una base de datos a la que se le asigna un algoritmo de marketing.

Las empresas que utilicen estas herramientas o tecnologías sin que tengan autorización sobre el uso de datos personales podrían enfrentarse a multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes, es decir, un total $1.755 millones.

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