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OPINIÓN

Infraestructura Social: reto para la construcción

29 de noviembre de 2023

José Sebastián Cáceres Rodríguez

Socio Fundador Altano Consultores  
Canal de noticias de Asuntos Legales

No es un secreto que el 2023 ha sido uno de los años donde el sector inmobiliario ha reportado sus números más bajos de la última década, y que en gran parte la contracción de la economía colombiana se explica por la caída en el sector construcción.

Como parte de una política de reactivación, los pasos dados para dinamizar el sector inmobiliario parecen moverse en la dirección correcta, pues es acertado apostar por dar mayor protagonismo a la infraestructura social – esto es, infraestructura relacionada con bienes y/o servicios ofrecidos por el Estado tales como instituciones educativas, centros hospitalarios, centros de reclusión entre otros – como parte de la inversión de recursos desde el Estado, siendo esta una buena salida para los constructores ávidos de oportunidades en una economía donde demanda y oferta de vivienda no parecen emparejarse.

Ahora, considerando que la decisión de apostar por la construcción de infraestructura social supone tener una entidad pública encargada de dirigir la inversión y trazar una agenda para los agentes económicos, además de la Agencia Nacional de Infraestructura (“ANI”) el empoderamiento que se le está dando a la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas (“ANIM”) puede ser la puerta para estructurar una entidad de alto nivel que entienda y facilite la ejecución de proyectos que atiendan la necesidad de infraestructura inmobiliaria en el país.

La ANIM, entidad constituida mediante el Decreto Ley 4184 de 2011 bajo la figura de “Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas – SAS –”, y posteriormente transformada a través de la Ley 1753 de 2015 en la “Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas” (“ANIM”), a la fecha cuenta con un amplio objeto que le permite identificar, promover, gestionar, gerenciar y ejecutar proyectos de renovación y desarrollo urbano en Bogotá u otras ciudades del país, así como construir o gestionar inmuebles destinados a entidades oficiales del orden nacional y otros usos complementarios.

El alcance de la ANIM, amplio desde la ley y dinamizado gracias al Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 (el “PND”), actualmente le permite a la entidad estructurar proyectos de infraestructura social, los cuales junto con la agenda de la ANI se perfilan como soluciones y oportunidades para los constructores.

Corolario de lo anterior es el Decreto 1959 de 2023 donde, en desarrollo del artículo 365 del PND, se ha dado inicio a la recuperación del Hospital San Juan de Dios. Mediante dicho Decreto, se designó a la ANIM como ente gestor transitorio, esto con el fin de adelantar la adquisición y recuperación de la infraestructura del hospital y su posterior puesta en servicio, siendo un claro ejemplo de desarrollo de los objetivos de construcción de infraestructura social fijados en el PND.

Lo que viene entonces para la ANIM pasará por un problema que no es menor: facilitar los canales y desarrollar una lógica contractual que, sin sacrificar los principios de la contratación administrativa, se ajusten a la práctica del sector inmobiliario que no está acostumbrado – como los concesionarios – a cumplir con la carga administrativa que supone someterse a contratar con el Estado y administrar recursos públicos. Ahora bien, por el lado de los constructores, la capitalización de las oportunidades que la infraestructura social presenta pasará por reconfigurar su forma de contratar y ejecutar proyectos inmobiliarios bajo la óptica de la contratación estatal.

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