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Marcas

La Superintendencia negó el registro de Fullfeel en el mercado y Fulfil cantó Victoria

La dirección de la Superindustria concluyó que a nivel competitivo y fonético los signos confrontados podían ser confundidos

12 de abril de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


La Superintendencia negó el registro de Fullfeel en el mercado y Fulfil cantó Victoria
Ferrero
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“Las cuentas claras y el chocolate espeso”, así fue la decisión que tomó la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, con una oposición que presentó Soremartec, una empresa de Grupo Ferrero.

Esta empresa, que se encarga de investigar y desarrollar nuevos productos para el Grupo Ferrero, el conglomerado que tiene bajo su sombrilla a marcas como Kinder, Ferrero Rocher, Nutella, entre otros, se presentó en la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, para oponerse al registro de una nueva marca.

El enfrentamiento entre las empresas inició luego de que Islag Investments, una microempresa que se encarga de elaborar alimentos preparados, llegó a la Superindustria para solicitar el registro de su marca Fullfeel, la cual buscaba comercializar productos y mezclas de panadería, catalogados en la clase 30 de la clasificación internacional de Niza.

Luego de la petición, la multinacional argumentó que el signo solicitado no podía ser registrado debido a las similitudes que este poseía con su marca registrada y comercializada de chocolates: Fulfil.

También anotó que, si bien a nivel ortográfico las marcas se escribían distinto, a nivel fonético ambas sonaban prácticamente igual, una situación que no solo podía causar confusión en la mente del consumidor, sino también provocar que los productos de ambas empresas se asociaran a un origen común.

LOS CONTRASTES

  • Natalia Franco OnofreSocia en Lloreda Camacho

    “La dirección fundamentó su decisión en un análisis comparativo integral entre los signos, aplicando criterios fonéticos, ortográficos y visuales conforme a la jurisprudencia andina”

Esto, debido a que ambas marcas compartían la expresión ‘Ful’ al inicio de su nominación, lo cual podía generar de forma automática que las personas pensaran en la marca registrada.

También señaló que, a nivel competitivo, el hecho de que ambas marcas se dirigieran a un mercado de panadería aumentaba el riesgo de que las personas las confundieran entre sí, pues ambas se expondrían directamente, lo que afectaría su convivencia en el mercado.

Debido a que Islag Investments no presentó respuesta alguna ante la oposición, la dirección de la Superindustria procedió a emitir su decisión final.

El órgano de control señaló que, a simple vista, los signos confrontados eran similares y que, debido a su mercado de consumo, estos también podrían ser confundidos por los canales de difusión que manejan, afectando así la coexistencia entre ambos signos.

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