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Judicial

Conozca las vías legales que puede tomar como víctima de un accidente de tránsito

Cuando se accidenta, el Soat es el seguro que cubrirá parte o la totalidad del accidente, $29 millones es el valor máximo de cobertura

19 de abril de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Canal de noticias de Asuntos Legales

Si usted sufre un accidente de tránsito, debe saber que el culpable de pagar una posible indemnización no es solamente el conductor. La responsabilidad también recae sobre el propietario, la empresa afiladora del transporte público o de mercancías.

Además, tenga en cuenta que cualquier víctima de un accidente tiene derecho a un proceso de investigación ante la Fiscalía y a que se le atienda su salud por parte de un centro médico a cargo del Soat.

Los Procesos que se abren

Frente a un accidente de tránsito nacen, en principio, dos procesos: uno penal y el otro, que se inicia por decisión de la víctima, el proceso civil.

El primero surge de manera automática, el policía de tránsito que asiste a los hechos se dirige a la Fiscalía General de la Nación, radica el informe de tránsito, abre una noticia criminal y con ella la víctima podrá hacer seguimiento a su caso.

LOS CONTRASTES

  • Joice Galeano Abogada especialista y gerente de Legacol

    “La Fiscalía le debe permitir tener acceso al expediente a las partes que se encuentran dentro de un proceso y sobre todo a las víctimas de dicho accidente”.

  • Diana Carvajal ZuluagaDir. de litigios Riveros Victoria Abogados

    “Puede solicitar la reparación integral de los perjuicios que le hayan sido causados con ocasión al accidente de tránsito, de tipo patrimonial y extrapatrimonial”.

Por tanto, la víctima tiene derecho a la información investigada por el ente de control. “La Fiscalía le debe permitir tener acceso al expediente a las partes que se encuentran dentro de un proceso y sobretodo a las víctimas de dicho accidente”, explicó Joice Galeano, abogada especialista de accidentes de tránsito de Legacol.

También tendrán derecho a que se realice una audiencia de conciliación por parte de la Fiscalía que permita llegar a una posible indemnización y, “lo más importante, a ser indemnizado de manera integral”, agregó la abogada Galeano.

El segundo proceso, el civil, es a petición de la víctima, con un apoderado judicial. Es decir, contratando los servicios de un abogado experto en responsabilidad civil y daño resarcible.

La entidad que está a cargo de desarrollar este proceso es la rama judicial. Es decir, cualquier juzgado civil, municipal o del circuito al que se le adjudique el proceso.

¿Indemnización integral?

Hay dos vías para llegar a ella. La primera, si usted sigue el proceso por parte de la Fiscalía tendrá que esperar la etapa de investigación de aproximadamente tres años, otros tres años en etapa judicial y, si la sentencia es favorable, aproximadamente tres años más en etapa de incidente de reparación. En esta última es donde se declararan probados los daños y perjuicios y se ordenará el pago por medio de sentencia.

La víctima puede solicitar la reparación integral de los perjuicios que le hayan sido causados, como los de tipo patrimonial. “El dinero de los tratamientos médicos, terapias o medicamentos. Incluso, puede solicitar los honorarios o el salario que dejó de percibir en el evento que la víctima necesite una incapacidad transitoria o permanente”, explicó Diana Carvajal Zuluaga, directora de litigios de Riveros Victoria abogados.

Agregó que la víctima también puede reclamar los perjuicios de índole extrapatrimonial, como lo son el daño moral, que consiste en indemnizar el dolor, sufrimiento o angustia que pudo producir el accidente a la víctima, y el daño a la vida de relación, el cual busca indemnizar el deterioro en la calidad de vida.

Este proceso podría tardar aproximadamente de ocho a nueve años, por la vía legal. La experta agregó que este camino no es muy recomendado por dos situaciones: uno, por el tiempo de los términos y dos, porque “normalmente, al atravesar unos términos tan extensos, esa acción prescribe a los cinco años e incluso a los dos años cuando son pasajeros de vehículos púbicos”, aseguró Galeano.

La segunda vía comprende dos etapas: la primera es realizar una reclamación formal directamente ante la aseguradora, solicitando el pago de la indemnización y probando la responsabilidad y la cuantía solicitada.

En caso de que el valor ofrecido por la aseguradora no sea aceptado o que la aseguradora objete la reclamación se iniciaría un proceso de demanda por responsabilidad civil contractual o extracontractual”, concluyó Galeano.

En este caso sería el juez el que define si se paga o no se paga la indemnización y cuánto se debe pagar, este proceso tiene un término entre uno y tres años, aproximadamente.

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