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OPINIÓN

A propósito de la publicación de los rankings

03 de septiembre de 2024

Santiago Bonivento

Profesor de derecho comercial, derecho de los negocios y derecho económico internacional - Pontificia Universidad Javeriana
Canal de noticias de Asuntos Legales

Inicia la temporada de divulgación de rankings* anuales de despachos jurídicos y profesionales en derecho de prestigiosas y reconocidas empresas de consultoría dedicadas a ello a lo largo y ancho del globo terráqueo. Rankings por prácticas, rankings por profesionales, rankings por sectores, rankings por países y por continentes… en fin, multiplicidad de criterios emanan y se presentan al interior de las publicaciones en comento, esperadas con ansias por profesionales dedicados a la consultoría legal (en las diferentes áreas y ramas del ejercicio de la profesión), la transaccionalidad (especialmente en áreas tales como M&A, proyectos y financiamientos) y el litigio (especialmente en los métodos alternativos de solución de conflictos).

Al final, ¿qué tan relevante puede resultar para un abogado in-house y el c-level de una compañía la publicación de estos rankings para decidirse por la asesoría o el acompañamiento de uno u otro profesional o de uno u otro despacho? Si bien habrá opiniones múltiples, diversas y opuestas, como en todo lo que implique divergencia, los rankings, a mi parecer, constituyen un punto de partida interesante de consulta para quienes nos apoyamos, de manera periódica y sistemática, en los profesionales, despachos jurídicos o áreas de práctica que en estos aparecen, aun cuando no ha de ser el primer – ni el único – criterio a considerar.

En otras palabras, el hecho de que el profesional o el despacho aparezca en el listado no ha de ser criterio exclusivo para su contratación, habiendo otros factores asociados tan diversos como coyunturales que analizar de caso en caso, como lo son variables como el precio y la forma de tasación y pago, la complejidad del asunto, la confianza que emana, antecedentes de trabajo, multiplicidad de áreas involucradas, entre muchos otros. Eso sí, los rankings constituyen una fuente de revisión pertinente y conducente para entender no sólo la calificación en banda sino, también, y primordialmente para quien acá escribe, para conocer las opiniones de terceros a esos profesionales o despachos jurídicos.

Los rankings se han convertido en un apetecido foco de atención para profesionales del derecho y eso no está – ni estará - mal. Opiniones diversas emanan, siendo absolutamente respetables y bienvenidas en su integridad, pero considero que es un logro importante el hacer parte de dichos rankings para profesionales del derecho y despachos asesores y es el consolidado de un buen trabajo y la confianza de terceros sobre la actuación desplegada durante el año, siendo más que respetable y lógica su divulgación en masa a través de redes sociales. Lo anterior, por supuesto, partiendo de la siempre necesaria revisión, de quien recibe el ranking, de las métricas y fichas técnicas que las publicaciones traen consigo y que, de entrada, son relevantes a ser exploradas, evaluadas y consideradas al momento de su lectura. Preguntas tales como ¿qué criterios se tuvieron en cuenta?, ¿cómo se realizó la medición? o ¿qué variables se están considerando?, entre muchas otras, serán siempre pertinentes para concebir el panorama general del informe.

Señalado lo anterior, y a título personal como abogado in-house y docente universitario interesado siempre en entender, comprender y profundizar sobre los rankings, considero que son llamativos, relevantes para los terceros y, sobre todo, un termómetro locuaz para conocer opiniones sobre el ejercicio profesional de colegas y despachos jurídicos, sin que por ello sean el único criterio para optar – o no – por una u otra determinada opción en un caso en concreto.

*He participado, por invitación de algunas de estas prestigiosas publicaciones, en el proceso de encuestas para evaluar profesionales y despachos jurídicos.

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