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Legislación

¿Una persona que trabaja y cobra al diario puede recibir indemnización por despido?

El Código Sustantivo del Trabajo ha sido muy claro en relación con este tema y cómo aplican estas modalidades de contrato de trabajo

09 de julio de 2024

Carlos Jaramillo Palacio


Sobre la liquidación del contrato
Gráfico LR
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Una de las preocupaciones en materia laboral en el país desde hace muchos años es el trabajo informal. De acuerdo con cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), el porcentaje de personas que estuvieron trabajando bajo esta condición correspondió al 55,7% del total de la población ocupada para el trimestre noviembre 2023 - enero 2024, frente al mismo trimestre del año anterior cuando se ubicó en 57,7%.

Y dentro del trabajo informal, en materia de legislación, se da mucho el contrato de trabajo ocasional, accidental o transitorio, que es de corta duración (no mayor a un mes) y hace referencia a las diferentes labores de las actividades normales del empleador.

Muchas dudas surgen con este contrato, por eso es clave entender cómo funciona y a qué se tiene derecho con este.

Una de las más comunes es si bajo esta modalidad hay indemnización por despido. La respuesta es sí, una persona que trabaja y cobra diariamente puede recibir una indemnización por despido, incluso si tiene un contrato ocasional de trabajo. La legislación laboral colombiana protege a todos los trabajadores, independientemente de la modalidad del contrato.

Los fundamentos de derecho que aplican en estos casos son el Código Sustantivo del Trabajo (CST), la ley 50 de 1990 (modificatoria del CST) y la ley 789 de 2002.

Y a pesar de que la legislación colombiana no define específicamente el "trabajo diario" como una categoría distinta, sí reconoce diferentes modalidades de contrato. El trabajo diario se entiende como aquel en el que el pago se hace al finalizar cada jornada y los derechos de estos trabajadores incluyen pago de salario, prestaciones sociales, seguridad social y derecho a indemnización en caso de despido injustificado.

La indemnización por despido se calcula según el tipo de contrato y la duración del empleo. Para contratos a término indefinido, la indemnización se basa en el tiempo de servicio y el salario. Para contratos a término fijo o por duración de la obra, se indemniza por el tiempo restante del contrato.

También se debe tener en cuenta los factores para el cálculo de la indemnización. Estos son: tiempo total trabajado, el salario diario multiplicado por el número de días trabajados y si es término fijo, indefinido o por obra/labor.

Pero si el empleador se niega a pagar la indemnización, el trabajador puede presentar una demanda laboral ante el Juez Laboral, presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo y buscar asesoría legal y representación de un abogado especializado en derecho laboral.

Y si esto no funciona, también puede acudir a otras instancias como Ministerio del Trabajo, Defensoría del Pueblo, personerías municipales, sindicatos y centros de conciliación laboral.

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