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Marcas

Hijo y heredero de 'El Chavo del 8' se opuso a registro de marca ante la Superindustria

La empresa solicitante argumentó que 'vecindad' es una expresión común en español y que nadie puede apropiarse de ella

18 de junio de 2021

Diego Andrés Stacey Salazar

dstacey@larepublica.com.co

Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó la sociedad Librasys S.A.S. para solicitar el registro de la marca Lavecindad (mixta) para identificar productos comprendidos en la clase 9 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota aplicaciones móviles y software.

Ante esta solicitud, Roberto Gómez Fernández, heredero universal del actor y humorista Roberto Gómez Bolaños, presentó oposición con fundamento en las causales de irregistrabilidad de los literales a) y f) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.

“El uso como marca del signo Lavecindad constituiría una violación de los derechos patrimoniales de autor, de los cuales es heredero don Roberto Gómez Fernández”, argumentó su representante.

La obra El Chavo Manual de Identidad de Marca está depositada en la Dirección Nacional de Derechos de Autor en la que se establece a La Vecindad como el lugar en el que se desarrolla la historia.

Dentro del término concedido, la sociedad Librasys S.A.S. dio respuesta a esta oposición alegando que, a pesar del parecido en el nombre, no existe una conexión competitiva entre ambas marcas.

“La expresión ‘La Vecindad’ carece de originalidad y, por lo tanto, no es susceptible de protección por las normas de Derecho de Autor toda vez que es una expresión corriente en la lengua española”, agregó.

Para demostrar que la expresión es común, la sociedad pone de ejemplo que en México, país de origen de El Chavo del Ocho, ‘Vecindad’ es un “objeto de protección marcaria en varias clases de la Clasificación de Niza, y en cabeza de titulares diferentes”.

En el análisis de la Dirección de la SIC, en primera instancia, se tuvo en cuenta si existía alguna conexión competitiva entre las marcas. La que está representada por Gómez Fernández está identificada en la clase 16 y en la clase 28. La primera denota artículos de papelería e imprenta y la última juegos y juguetes.

LOS CONTRASTES

  • Sergio Cabrera GordilloSocio de Sergio Cabrera Abogados

    "La marca mixta Lavecindad, concedida para distinguir productos de clase 9, goza de suficiente distintividad y coexistirá pacíficamente con la marca La Vecindad en las clases 16 y 28".

La marca solicitante, que estaría comprendida en la clase 9, identifica productos de software de aplicaciones. Por lo que concluye que “los signos confrontados, además de identificar productos pertenecientes a diferentes clases del nomenclador internacional, no existe entre ellos relación de conexidad alguna”.

Para la Superindustria no hay riesgo de confusión indirecta ni de asociación por parte del consumidor pues los productos se ofrecen en distintos canales de comercialización.

La Dirección de la SIC resolvió como infundada la oposición de Roberto Gómez Fernández y le concedió la marca Lavecindad (mixta) a la sociedad solicitante por un lapso de 10 años.

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