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Judicial

SIC negó marca a Mercadería por confusión comercial a clientes y empresas

Jabonería Wilson explicó que incumplía norma de la Superintendencia de Industria y Comercio para registro de marcas

19 de mayo de 2018

Taty Pineda Acuña


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), al recibir y evaluar los argumentos presentados para el registro de marca ‘suave con las manos lavaplatos líquido aroma a limón máximo poder desengrasante’ de la empresa Mercadería S.A.S, concluyó que no podían usarla ya que carece de elementos verbales y gráficos para que los consumidores lo perciban como una marca independiente.

“A pesar que la marca no es exclusivamente genérica, ni exclusivamente descriptiva; debido a la simplicidad en los trazos del elemento gráfico, resulta carente de distintividad, pues el consumidor medio no tendrá como identificar un producto con este signo y al mismo tiempo asociarlo de manera correcta con un origen empresarial” señaló la SIC en su resolución.

La empresa opositora, Jabonería Wilson presentó argumentos similares al fallo final de la Superintendencia, exponiendo que la marca no era aceptable porque usaba una descripción genérica y de uso común que impedía fuera distinguida entre los consumidores y los empresarios. “Se estarían afectando no solo los derechos de los consumidores, sino también los de otros empresarios productores de este tipo de productos, que no tendrían la posibilidad de utilizar estas palabras para identificar sus productos ya que su exclusividad estaría limitada a una sola persona”.

Para el abogado Carlos Amaya, socio de Amaya Propiedad Intelectual, el signo solicitado “carece de elementos conceptuales y figurativos. Al estar conformado únicamente por expresiones genéricas y descriptivas le dificulta al consumidor la tarea de la recordación y diferenciación frente a otros productos de la competencia”.

La Superindustria insiste que la norma para determinar si una marca es descriptiva es preciso relacionar el signo solicitado con los productos a distinguir, si se sugiere una cualidad o característica esencial de los mismos existe la imposibilidad de acceder al registro.

Cabe resaltar, que si bien la SIC negó el registro de la marca a Mercadería S.A.S. en primera instancia, la compañía interpondrá recurso de apelación, para lo que tienen plazo hasta el 29 de junio.

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