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Marcas

AgroInsumos del Café registró el lema ‘el que lo tiene todo’ ante la Superintendencia

La SIC declaró infundada la oposición interpuesta por Davivienda

28 de julio de 2018

Alejandro Valencia


Canal de noticias de Asuntos Legales

AgroInsumos del Café S.A. presentó el pasado 24 de noviembre de 2017 una solicitud para registrar el lema comercial ‘el que lo tiene todo’ asociado a la marca Agrocafé ante la Superintendencia de Industria y Comercio, y así distinguirlo de los productos comprendidos en la clase 1 de la Clasificación Internacional de Niza.

Una vez se publicó la solicitud en la Gaceta de Propiedad Industrial de la SIC, el Banco Davivienda S.A. presentó oposición al argumentar que “el lema correspondiente está dentro de la causal de irregistrabilidad por ser estrechamente similar al signo distintivo de la oposición”, pues el banco tiene registrado el lema ‘Aquí lo tiene todo’, y justificaron que, al aplicar la teoría de interdependencia, el riesgo de confusión por parte del público debe tenerse en consideración.

A lo anterior, AgroInsumos del Café S.A. respondió que, dentro de los registros de la SIC, existen diversas marcas y lemas comerciales para distinguir productos a favor de diferentes titulares con la incorporación de las expresiones ‘Tiene’ y ‘Todo’ sin ningún problema de coexistencia en el mercado, ni riesgo de confusión.

Después de que las partes presentaron sus argumentos, la Dirección encargada identificó que la causal de irregistrabilidad que pedía Davivienda S.A. no correspondía a la correcta, puesto que se debía analizar es la que se refiere a la “confundibilidad con lema comercial previamente registrado”, debido a que el lema comercial del opositor ya estaba tramitado.

LOS CONTRASTES

  • Edgar Iván León RobayoProfesor principal de Jurisprudencia Universidad del Rosario

    “Si bien es cierto que existe una identidad entre las palabras de los dos lemas comerciales, debe tenerse en cuenta que el sector al que se dirige es diferente, razón por la que la decisión de la SIC es acertada”.

En consecuencia, la SIC evidenció que los productos de los signos en materia no comparten canales de comercialización o distribución porque el de Davivienda pertenece a un uso doméstico o en establecimientos de papelería (clase 16), mientras que el de AgroInsumos del Café está destinado a la industria, agricultura, ciencia, horticultura, silvicultura, entre otros (clase 1). Por tanto, concluye infundada la oposición interpuesta.

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