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Marcas

P&G no pudo impedir ante la Superindustria el registro de la marca Pa Todo

La sic determinó que las figuras geométricas eran totalmente diferentes.

22 de mayo de 2019

Ximena González


Bloomberg
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A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) no dejan de llegar pleitos de grandes marcas y en esta oportunidad Cosmogreen S.A.S. se enfrentó a la sociedad The Procter & Gamble Company (P&G) por el registro de la marca Pa Todo.

El 6 de diciembre de 2017 la sociedad Cosmogreen S.A.S., solicitó el registro de la Marca Pa Todo (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la clase tres de la Clasificación Internacional de Niza.

Sin embargo, según lo publicado en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 849 del día 18 de enero de 2019, la sociedad The Procter & Gamble Company (P&G) se opuso a dicha petición tras argumentar la similitud del signo solicitado con las marcas bajo titularidad de la entidad.

“Las marcas amparan los mismos e idénticos productos y productos con una estrecha conexión competitiva comprendidos en la clase tres internacional. Es clara e indudable la conexión competitiva entre los productos distinguidos por las marcas”, indicó la compañía.

Así mismo, los abogados de P&G argumentaron que, “la marca solicitada constituye una evidente reproducción de las marcas de su propiedad de mi representada”.

Pese a ello, en el término concedido para tal efecto, Cosmogreen S.A.S., dio respuesta a la oposición interpuesta por la sociedad P&G, argumentando que, “los signos en conflicto, no tienen ningún tipo de identidad visual, conceptual o fonética. La marca Pa Todo versus la marca Ariel, analizados en su conjunto y de manera individual, también son conceptual, física e ideológicamente distintos y perfectamente diferenciables”.

Así mismo, Cosmogreen S.A.S. destacó que, “se trata claramente de dos figuras geométricas totalmente diferentes, el átomo que utiliza la marca opositora es de tres aros y la rosa del viento que utiliza Cosmogreen es de ocho cintas”.

En ese sentido, la decisión de la Dirección de signos distintivos de la SIC se basó en que el signo solicitado es una marca de naturaleza mixta simple conformado por las expresiones Pa Todo la cual, tal como está escrita carece de significado conocido por el público consumidor, por lo que se considera un signo de naturaleza fantasiosa.

Por ello, decidió conceder el registro de la Marca Pa Todo solicitada por Cosmogreen S.A.S.

Así mismo, definió declarar infundada la oposición interpuesta por la sociedad The Procter & Gamble Company (P&G).

En ese sentido, Ángela Amaya, socia de Amaya Propiedad Intelectual señaló, “el signo solicitado Pa Todo cuenta con suficientes elementos visuales, fonéticos y figurativos que en su conjunto le otorgan distintividad permitiendo su registro y que el público consumidor lo pueda individualizar”.

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