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Marcas

Panama Jack logró registro en la SIC pese a oposición de Capitalizaciones Mercantiles

Panama Jack identificará a partir de ahora servicios de venta minorista de protectores solares, ropa, calzado y gafas, entre otros

17 de enero de 2020

Noelia Cigüenza Riaño


Panama Jack
Canal de noticias de Asuntos Legales

Pese a la oposición interpuesta por la compañía Capitalizaciones Mercantiles, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) concedió el registro de la marca Panama Jack (nominativa), que identificará a partir de ahora servicios de venta minorista de protectores solares, ropa, calzado y gafas, entre otros accesorios.

Si bien la compañía estadounidense Panama Jack International solicitó el registro de la marca para distinguir servicios comprendidos en la clase 35 de la clasificación internacional de Niza, la sociedad Capitalizaciones Mercantiles d Bogotá presentó su oposición debido a que el signo era similar a su enseña comercial, también denominada Panama Jack.

“Puede apreciarse que los signos comparados son fonéticamente idénticos, en lo que a la expresión “Panama Jack” se refiere, lo cual determina que se presente confundibilidad entre ellos desde los puntos de vista visual, fonético, conceptual y ortográfico”, argumentó la opositora en el expediente.

Al igual, la empresa opositora indicó que no es posible legalmente que esa marca acceda a registro por el hecho de que su signo Panama Jack protege los establecimientos de comercio dedicados al calzado y actividades que se relacionan, tales como los servicios de venta y distribución de este producto.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaSocio en Amaya Propiedad Intelectual

    “Para que una oposición con fundamento en el uso de un nombre comercial prospere, se debe acreditar su uso anterior y serio con pruebas idóneas como facturas, publicidad y certificaciones del contador”.

En respuesta a la opositora, Panama Jack International indicó que para que una enseña comercial pueda ser protegida su titular debe probar su uso público, continuo e ininterrumpido y que, en este caso de estudio, no reposa ninguna prueba de su uso. “El opositor no puede reclamar derechos de exclusiva sobre una enseña sin haber demostrado prueba del uso de la misma”, sentenció en la resolución.

Adicionalmente, la compañía solicitante pidió a la Superindustria que a la hora de tomar una decisión tuviera en cuenta que su sociedad era titular de múltiples marcas- tanto concedidas como en trámite- qué contienen la expresión Panama Jack en Colombia.

“Uno de los principales objetivos de una empresa es diferenciar sus productos o servicios entre los demás. En esta línea, las marcas de propiedad de Panama Jack Internacional han tendido a relacionarse entre sí mediante la inclusión de la expresión Panama Jack, lo cual permite y facilita identificarlas dentro del mercado como parte de un solo titular”, especificó la empresa.

Después de realizar el estudio de registrabilidad del signo solicitado, la Superintendencia declaró infundada la oposición de Capitalizaciones Mercantiles y concedió el registro de la marca Panama Jack a Panama Jack International. “En el presente caso, no se presentaron documentos que permitieran acreditar el uso el uso ininterrumpido, público, ostensible y continúo en el periodo anterior a la presentación de la solicitud de registro de la enseña comercial Panama Jack, en que se fundamenta el presente trámite administrativo”, afirmó la SIC.

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